Subvenciones para actividades de intercambio y difusión de conocimientos e información, previstas en el marco del Plan Estratégico Nacional de la PAC 2023-2027, para Aragón.

Código de ayuda:

S38719/23

Norma:

ORDEN AGA/1509/2023, de 20 de octubre. ORDEN AGA/165/2024, de 15 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 25 de marzo de 2024.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta Orden tiene por objeto convocar subvenciones destinadas a la realización de actividades de intercambio y difusión de conocimientos e información para el año 2024 en la Comunidad Autónoma de Aragón, amparada por la Intervención 7201.Transferencia de conocimientos y actividades de formación e información. Actividades tipo 2. Actividades de intercambio y difusión de conocimientos e información, del Plan Estratégico Nacional de la Política Agrícola Común 2023-2027 (en adelante, PEPAC 2023-2027).

La finalidad de las subvenciones que aquí se convocan es fomentar y facilitar la innovación y la incorporación de nuevas tecnologías en el ámbito agrario mediante el intercambio y difusión de conocimientos e información.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Desarrollo Rural
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentacion (Aragón)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser personas beneficiarias de la ayudas las que presten servicios o actividades relacionadas con intercambio y difusión de conocimientos e información al sector agrario.

Las ayudas tendrán como destinatarios últimos agricultores, ganaderos, jóvenes agricultores y otros gestores de tierras de Aragón.

Podrán ser personas beneficiarias de la ayuda las personas jurídicas y entidades asociativas del sector agrario.

Requisitos:

a) Que su actividad esté estrechamente relacionada con el sector agrario aragonés. Esta condición la cumplirán tanto las asociaciones o entidades que agrupen agricultores o ganaderos, como las entidades que justifiquen una actividad profesional relevante en la transferencia, formación, asesoramiento o innovación en el ámbito agrario.

b) Que tengan su domicilio y sede en la Comunidad Autónoma de Aragón.

c) Que dispongan de medios adecuados y de personal cualificado para la ejecución de las actividades objeto de subvención. En particular, un responsable técnico con titulación universitaria en la rama correspondiente para la dirección técnica de la actividad, con sujeción a las instrucciones técnicas del Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación.

d) Que acrediten experiencia concreta en el ámbito de la actividad a desarrollar.

Documentos asociados

Boletín: 02/11/2023
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 211
Documento: Bases y Convocatoria 2023 Descargar Documento
Boletín: 26/02/2024
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 40
Documento: Convocatoria 2024 Descargar Documento
Boletín: 26/02/2024
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 40
Documento: Descargar Documento