Subvenciones para actividades de igualdad entre mujeres y hombres, y promocion de la participacion a conceder por el Ayuntamiento de Villaviciosa. Ejercicio 2009.

Código de ayuda:

S32046/09

Norma:

Ayuntamiento de Villaviciosa.

Plazo de Solicitud:

Según la correspondiente convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Actividades de igualdad entre mujeres y hombres, y promocion de la participacion a conceder por el Ayuntamiento de Villaviciosa

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Ayuntamiento de Villaviciosa (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía concreta de la subvención vendrá determinada en función del crédito disponible consignado al efecto y de las solicitudes presentadas, no pudiendo exceder en ningún caso de 600,00 € ni del 80% del gasto realizado.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Podrán solicitar la concesión de subvenciones todas aquellas asociaciones de mujeres legalmente constituidas e inscritas como tales en el Registro Municipal de Asociaciones y para la realización de actividades que tengan como finalidad hacer efectivo el principio de igualdad entre mujeres y hombres, así como promover la participación de las mujeres en todos los ámbitos durante el ejercicio 2009.

En todos los casos, se valorará la coherencia entre el programa de actividades presentado y su presupuesto.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se considerarán actividades prioritarias, las dirigidas a potenciar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombre, así como promocionar y fomentar la participación de las mujeres en todos los ámbitos. A los efectos de la presente convocatoria, se considerarán en particular las que, a continuación, se detallan:

a) Actividades conjuntas y/o de intercambio entre asociaciones de mujeres del municipio de villaviciosa, de otros municipios, regiones y/o países.

b) Actividades en las que participen mujeres de minorías étnicas y/o mujeres de colectivos en riesgo de exclusión social.

c) Actividades con mayor afluencia de público y participación ciudadana, en especial de las mujeres.

d) Actividades culturales promovidas por mujeres.

e) Publicaciones y edición de material físico o virtual.

Se tendrá en cuenta a la hora de fijar la cuantía de las subvenciones la realización continuada de servicios y actividades.

No se considerará en ningún caso subvencionable la inversión en bienes de inmovilizado.

No podrán acceder a la presente convocatoria de subvenciones las entidades con las que el Ayuntamiento de villaviciosa tenga formalizado cualquier tipo de convenio para el ejercicio 2009.

Requisitos:

Las solicitudes deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:

a) Instancia de solicitud según modelo aprobado por el Ayuntamiento de Villaviciosa, debidamente firmada por el solicitante que deberá ser el Presidente de la entidad o persona en quien delegue y adjuntarse acreditación de estar inscrito en el Registro Municipal de Asociaciones en el epígrafe de asociaciones de mujeres.

b) Deberá presentarse también la siguiente información:

- Memoria de las actividades realizadas en los dos últimos años, en su caso.

- Presupuesto total de la entidad para el año en que se solicita la subvención y descripción de las actividades pre-vistas en ese ejercicio.

- Proyecto de actuación para el que se solicita la subvención, con inclusión de su presupuesto de ingresos y gastos.
Deberá señalarse como mínimo una descripción sucinta de las actividades para las que se solicita subvención, así como el lugar y las fechas de su realización.

- Declaración de las subvenciones y ayudas que se han solicitado hasta la fecha de presentación de la solicitud,destinadas a la misma finalidad para la que se solicita la subvención, con indicación de las efectivamente concedidas y su cuantía.

- Declaración de no estar incurso en ninguno de los supuestos establecidos por el artículo 13.2 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para no obtener la condición de beneficiario de subvenciones.

c) Acreditación de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, mediante la presentación de:

- Certificación o autorización del solicitante para que el Ayuntamiento de Villaviciosa pueda recabar datos tributarios a la Agencia Tributaria de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

- Certificaciones de la Tesorería General de la Seguridad Social, de conformidad con lo establecido en el artículo 9 del Real Decreto 390/1996, de 1 de marzo, o autorización del solicitante para que el Ayuntamiento pueda recabar dichos datos o bien declaración de la inexistencia de obligaciones con la Seguridad Social.

- Certificación del Ente Públicos de Servicios Tributarios del Principado de Asturias (C/ Magdalena, 42, Villaviciosa) donde figure la no existencia de deudas con la Hacienda Local, respecto de los tributos gestionados por dicho servicio.

Esta documentación podrá ser sustituida por una declaración responsable del solicitante y por las autorizaciones expresas, en su caso, al Ayuntamiento para recabar los datos con las Administraciones que procedan sobre las obligaciones indicadas. no obstante con anterioridad a la propuesta de resolución de concesión se le requerirá para la presentación de la documentación o de las autorizaciones, para recabarla, correspondientes en un plazo no superior a 15 días.

d) Ficha de acreedores para entidades que no figuren en el fichero municipal de acreedores o bien si se desea solicitar la cuenta bancaria.

Documentos asociados

Boletín: 23/04/2009
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 93
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento