Subvenciones para acciones formativas de entidades de iniciativa social.- Convocatoria 2013.- Corrección.

Código de ayuda:

S34346/13

Norma:

ORDEN de 29 de agosto de 2013.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 10/10/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras y efectuar la convocatoria de las subvenciones destinadas a financiar las acciones formativas en materia agroforestal, para el año 2013, de las entidades de iniciativa social que contribuyan a fomentar la inclusión social y la integración en el mercado de trabajo de las personas desfavorecidas o discapacitadas en el medio rural de la Comunidad Autónoma de Galicia, atendiendo a los principios de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Formación

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería del Medio Rural (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima subvencionable será de 2.400 euros por acción formativa y entidad.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las entidades de iniciativa social, referidas en el artículo 30 de la Ley 13/2008, de 3 de diciembre, de servicios sociales de Galicia, que acrediten reunir las condiciones para realizar la actividad formativa solicitada.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La formación en materia agroforestal de personas con discapacidad física, psíquica o sensorial
para facer posible su integración sociolaboral, o que pertenezcan a colectivos en riesgo de exclusión social. Cada entidad solicitará como máximo una única acción formativa, con una duración mínima de 40 horas. El número de asistentes será de 30 como máximo, y un mínimo de 8 para las personas con discapacidades y de 15 para las que estén en riesgo de exclusión social.

Requisitos:

a) Estar inscritas en el Registro Único de Entidades Prestadoras de Servicios Sociales, regulado por el Decreto 254/2011, de 23 de diciembre, por el que se regula el régimen de registro, autorización, acreditación y la inspección de los servicios sociales en Galicia.

b) Carecer de fines de lucro.

c) Desempeñar sus actividades en la Comunidade Autónoma de Galicia y que su ámbito de actuación sea el medio rural.

d) Tener realizado actividades de formación continua o ocupacional vinculadas al sector agropecuario y forestal.

e) Cumplir los requisitos establecidos en el artículo 11 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

Documentos asociados

Boletín: 10/09/2013
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 172
Documento: Bases, Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 24/09/2013
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 182
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento