Subvenciones para acciones de formacion en el sector del transporte publico por carretera en el ambito de la Comunidad Foral de Navarra.- Convocatoria 2012.
Código de ayuda:
S13455/12Norma:
RESOLUCIÓN 71/2012, de 5 de marzo.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 15/05/2012Finalidad u objetivo de la ayuda:
El establecimiento de las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para la organización de acciones, jornadas o cursos de formación y perfeccionamiento y para la edición de textos de contenido didáctico, dirigidos a personas relacionadas con el sector de transportes en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra, que ayuden a las empresas y a sus trabajadores a mejorar su formación, lo que conllevará mejorar el nivel de calidad de las mismas e incrementará la competitividad del sector del transporte de las empresas radicadas en Navarra y la posibilidad de abrir nuevos mercados especialmente en la Unión Europea.Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Formación
Transporte
Localización del organismo gestor

Convoca:
Dirección General de Transportes (Navarra)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía de la subvención que corresponde a las acciones formativas que se realicen es de 40.000 euros.La organización de acciones, jornadas o cursos de formación al amparo de esta convocatoria podrá obtener una subvención máxima de un 80% del coste de la misma.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Ayuntamientos/Municipios
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Las asociaciones de transportistas y las entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro, legalmente constituidas y domiciliadas en la Comunidad Foral de Navarra.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
A.1.–Profesores o ponentes.A.2.–Material didáctico.
A.3.–Alquiler de instalaciones.
A.4.–Equipos y útiles de trabajo.
A.5.–Difusión y publicidad de la acción formativa.
A.6.–Costes de edición y distribución de libros y guías didácticas.
Únicamente se considerará subvencionable cuando el número de libros o guías que se edite sea proporcional al número de transportistas de la Comunidad Foral de Navarra al que vaya dirigido.
Requisitos:
No podrán concederse las ayudas a las asociaciones o entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.Documentos asociados
Boletín:
20/04/2012
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 75
Documento: Bases, Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 75
Documento: Bases, Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento