Subvenciones para Pymes turísticas.

Código de ayuda:

S11682/04

Norma:

Resolución de 19 de abril de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 01/07/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Fomentar acciones en materia de renovación, tecnificación e innovación de los establecimientos turísticos radicados en el Principado de Asturias.

Categorías Subvención

  • Calidad
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • Turismo y Hostelería

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Cultura, Comunicación Social y Turismo (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

No podrá exceder del 50% del coste total del proyecto.
Asimismo, ningún beneficiario podrá obtener por estos conceptos una subvención superior a 100.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las pequeñas y medianas empresas turísticas radicadas en Asturias.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. La renovación, con proyectos integrados de la imagen tanto interna como externa, del establecimiento. A estos efectos, el establecimiento ha de tener una antigüedad mínima de tres años, y la inversión habrá de ser superior a dieciocho mil euros (18.000 euros).

2 Incorporación de nuevos servicios y realización de inversiones encaminadas a la mejora de la calidad tendentes al aumento en la calificación de la categoría del establecimiento y/o a la obtención de una marca de calidad reconocida, incluyendo las certificaciones de calidad medioambientales.

3. Apoyo a la creación y promoción comercial de productos turísticos de alto interés específico.

4. Integración en redes y sistemas informáticos para la comercialización turística.

5. Adquisición de sistemas operativos y aplicaciones destinadas a realizar tareas de contabilidad, emisión de documentos o cualquier otra que suponga una mejora de la gestión.

6. Actuaciones encaminadas a la adaptación de los establecimientos a la reglamentación de desarrollo de la Ley de Turismo.

Requisitos:

Se considerará pequeña y mediana empresa la que reúna los requisitos establecidos en la Recomendación de la Comisión, de 3 de abril de 1996, sobre la definición de pequeñas y medianas empresas:
a) No superar los 250 empleados, o bien contar con un volumen de negocio que no sobrepase los 40.000.000 de euros, o bien que su activo en balance no exceda de 27.000.000 de euros.
b) No estar participada en cuantía superior al 25% de su capital o de sus derechos de voto por otra empresa o grupos de empresas.

Documentos asociados

Boletín: 26/04/2004
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 96
Documento: Convocatoria Descargar Documento