Subvenciones para Programas Específicos de Fomento de la Economía Social para el año 2008.

Código de ayuda:

S52946/08

Norma:

Orden de 18 de julio de 2008.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 02/08/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de las subvenciones a conceder, en
régimen de concurrencia competitiva, por la Consejería de Empleo y Formación durante el año 2008, destinadas al fomento de la Economía Social, a través del programa presupuestario 724A Desarrollo de la Economía Social.

A efectos de lo establecido en esta Orden, se entiende por:

a) Empresas de Economía Social, las Sociedades Cooperativas o Sociedades Laborales inscritas en el Registro de Cooperativas o en el Registro Mercantil, según proceda.
b) Organizaciones Empresariales de la Economía Social, aquellas Entidades integradas mayoritariamente
por Sociedades Cooperativas, Sociedades Laborales, o Uniones, Federaciones o Asociaciones de este tipo de empresas, inscritas en el Registro de Cooperativas, o en el Registro de Asociaciones Empresariales de acuerdo con la Ley 19/1977, de 1 de abril, reguladora del Derecho de Asociación Sindical (BOE n.º 80, de 04.04.1977).

Las Organizaciones Empresariales de la Economía Social tendrán carácter sectorial cuando las Entidades que las integran desarrollen mayoritariamente su actividad en el mismo sector económico; y tendrán carácter intersectorial cuando desarrollen su actividad en distintos sectores económicos.

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas
  • Empleo
  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Empleo, Investigación y Universidades (Región de Murcia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Programa 1.º: Centros de Asesoramiento en Economía Social:

1. Por la contratación de personal técnico se podrá subvencionar el coste parcial o total del salario bruto anual.
2. Por el funcionamiento de los Centros de Asesoramiento en Economía Social se podrá subvencionar el
coste parcial o total de los gastos corrientes de las mismas.
3. La cuantía máxima a subvencionar por los dos apartados anteriores será de cincuenta mil euros
(50.000,00 euros) por Entidad solicitante y Centro de Asesoramiento.

Programa 2.º: Difusión General de la Economía Social:

La cuantía máxima a subvencionar será de cincuenta mil euros (50.000,00 euros) por actividad y solicitud.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones previstas en esta Orden:

a) Las Organizaciones Empresariales de Economía Social de carácter intersectorial para el Programa 1.º.
b) Las Organizaciones Empresariales de Economía Social de carácter sectorial e intersectorial para el
Programa 2.º.

El número de Sociedades Cooperativas o Sociedades Laborales asociadas a las Organizaciones
Empresariales será de al menos veinte (20) en Organizaciones de carácter sectorial, y de al menos
cincuenta (50) en Organizaciones de carácter intersectorial.

Las entidades solicitantes deberán tener su domicilio social y fiscal en la Región de Murcia, y las ayudas se
concederán para centros de trabajo ubicados en la misma.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

En el ámbito de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, y con objeto de promover y afi anzar la
Economía Social, a través de las Sociedades Cooperativas y Sociedades Laborales, se podrán conceder subvenciones dentro de los siguientes Programas de Ayuda:

Programa 1.º: Centros de Asesoramiento en Economía Social:

Mediante este Programa se podrá subvencionar los siguientes gastos imputables a los Centros de
Asesoramiento en Economía Social:
1. Gastos de personal y gastos corrientes:
a) Gastos de personal técnico con titulación universitaria y administrativo, cuya relación laboral sea a
jornada completa.
b) Gastos de funcionamiento, gastos corrientes y gastos de prestación de servicios y de gestión de los
Centros de Asesoramiento.
c) Alquiler de inmuebles.
d) Gastos de asesoramiento para la elaboración de Estatutos Sociales de Empresas de Economía Social, y
para la formalización e inscripción de las correspondientes Escrituras Públicas de constitución, así como los demás trámites derivados de su proceso de constitución.

Para los gastos de personal y gastos corrientes se destina la cantidad de 200.000,00 con cargo a la aplicación presupuestaria 21.02.724A.48801, código de proyecto 39795.

Gastos en inversiones:

a) Adquisición o acondicionamiento y reforma de inmuebles necesarios para el ejercicio de la actividad.
b) Adquisición de bienes de equipo, mobiliario y equipos para procesos de información.

Para los gastos en inversiones se destina la cantidad de 100.000,00 con cargo a la aplicación presupuestaria 21.02.724A.78899, código de proyecto 39794.

El personal técnico contratado deberá tener Titulación Universitaria Superior o Media, o haber aprobado
hasta el tercer curso de una Titulación Universitaria Superior.

El salario a percibir por el personal técnico será, como mínimo, acorde con la titulación exigida para su
contratación.

No será objeto de subvención la contratación de trabajadores que hubiesen tenido, en el mes anterior a la fecha de la solicitud, vinculación laboral con la Entidad solicitante.

Programa 2.º: Difusión General de la Economía Social:

Mediante este Programa se podrá subvencionar el coste parcial o total, excluido el Impuesto sobre el Valor
Añadido (IVA) recuperable, de los gastos elegibles de las siguientes actividades:

1. Actividades de difusión que tengan por objeto dar a conocer a los trabajadores en general y a los
desempleados en particular las ventajas y facilidades en la creación de empresas de Economía Social, mediante campañas de difusión en los medios de comunicación regionales, así como aquellas actividades que traten de conseguir la incorporación de socios a este tipo de empresas.

2. Actividades de fomento que contribuyan a promocionar la Economía Social, mediante:
a) Congresos, jornadas, seminarios, y conferencias.
b) Participación en ferias comerciales, muestras y certámenes, y visitas técnicas.

Documentos asociados

Boletín: 23/07/2008
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 170
Documento: Bases, Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento