Subvenciones para Entidades sin ánimo de lucro que desarrollen Programas y Actividades en materia de Acción Social durante el año 2009 - Convocatoria 2010.

Código de ayuda:

S68237/08

Norma:

ORDEN de 21 de octubre 2008. DECRETO 27/2007, de 27 de febrero. DECRETO 222/2005, de 25 de octubre. ORDEN de 3 de noviembre de 2009.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 21/12/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Al objeto de establecer las bases a las que se sujeta la convocatoria de Subvenciones para Entidades sin ánimo de lucro que desarrollen Programas y Actividades en materia de Acción Social durante el año 2009, se aprueba la convocatoria de subvenciones con destino a Entidades sin ánimo de lucro de la Comunidad Autónoma de Aragón, para la financiación de programas y actividades en materia de acción social, a realizar en el ejercicio 2009.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Servicios Sociales y Familia (Aragón)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la subvención concedida, en ningún caso, podrá superar el 90% del importe total a que ascienda el presupuesto del Programa/as o Actividades a llevar a cabo.

La concesión de estas ayudas será compatible con la obtención de cualquier otro tipo de subvención o ayuda, siempre que la suma de todas ellas no supere el coste total de la actividad subvencionada.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Podrán solicitar las subvenciones objeto de la presente convocatoria, las Asociaciones y Entidades legalmente constituidas, sin ánimo de lucro con sede y ámbito de actuación en la Comunidad Autónoma de Aragón, para llevar a cabo actuaciones destinadas a los colectivos a los que se refiere la base primera de la convocatoria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las subvenciones a las que se puede acceder a través de esta convocatoria están destinadas a la ejecución de programas y/o actividades dirigidos a los colectivos comprendidos en las áreas de actuación que se detallan a continuación:

1. Personas Mayores:

a) Acompañamiento y apoyo a Personas afectadas por la enfermedad de Alzheimer.
b) Apoyo y respiro para familiares y/o cuidadores habituales de personas dependientes.
c) Atención integral a las personas mayores.
d) Fomento de la participación social.
e) Promoción del asociacionismo.

2. Personas con discapacidad física, psíquica y sensorial:

a) Atención integral a las personas con discapacidad física, sensorial o intelectual.
b) Promoción de la competencia personal y autonomía de las personas con discapacidad.
c) Creación de unidades de vida independiente.
d) Promoción del asociacionismo.

3. Colectivos en riesgo de exclusión:

a) Programas de prevención e intervención dirigidos a personas en situación o riesgo de exclusión social.
b) Minorías Étnicas.
c) Promoción del asociacionismo/ redes de cooperación entre asociaciones.

4. Infancia:

a) Prevención y atención a la infancia y adolescencia en situación de riesgo.
b) Apoyo a Menores en conflicto social.
c) Programas y/o actividades relacionadas con desplazamiento temporal de menores por razones humanitarias.
d) Programas y/o actividades relacionadas con procesos de normalización posteriores a la adopción.
e) Programas y/o actividades compensatorias en el ámbito educativo y social ocasionadas por déficit originado en el país de procedencia de los menores.
f) Programas y/o actividades relacionadas con la integración e inserción sociolaboral de menores de edad.

5. Desarrollo del Voluntariado:

a) Programas dirigidos al fomento de la solidaridad social, incluyendo acciones dirigidas a la captación, difusión e información especializada en materia de voluntariado social.
b) Programas de formación específica dirigida a voluntariado y a organizaciones con presencia de personal voluntario.
c) Acciones de orientación y asesoramiento a organizaciones y/o entidades que intervengan con voluntariado.

A los efectos de esta convocatoria, se entenderá por Programa el conjunto de actividades que, contengan unos objetivos concretos, un desarrollo preciso determinado en el tiempo y unos sistemas de evaluación de dichos objetivos.

La subvención solo podrá destinarse a sufragar los gastos corrientes de funcionamiento del programa (gastos de personal, material fungible, bibliografía, desplazamientos u otros semejantes). En ningún caso podrá destinarse a la adquisición de material inventariable (es decir, objetos que puedan ser considerados como inversiones).

Los gastos financiados con cargo a la presente convocatoria deberán referirse a las actuaciones realizadas en el año 2009.

Requisitos:

Las entidades sin ánimo de lucro que soliciten subvención deberán reunir, a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos que deberán mantenerse, al menos, durante el ejercicio económico para el que se concede la subvención:

a) Estar inscritas en el Registro de Entidades, Servicios y Establecimientos de Acción Social de la DGA.
b) Contar con los medios materiales y personales necesarios para el funcionamiento del Programa y/o actividad para el que se solicita la subvención.
c) No estar incursas en ninguna de las circunstancias referidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.

Podrá efectuarse propuesta de concesión de subvención a aquellas entidades que al finalizar el plazo de presentación de solicitudes fijado en la presente convocatoria no reúnan, por causas no imputables a ellas, el requisito establecido en el apartado 1.a) de esta base, quedando condicionada la efectividad de la misma al previo cumplimiento de dicho requisito.

Documentos asociados

Boletín: 09/11/2005
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