Subvenciones para Entidades sin Ánimo de lucro que promuevan actuaciones de apoyo y fomento del voluntariado para el año 2003.

Código de ayuda:

S01355/03

Norma:

Orden 3248, de 23 de julio de 2003.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 01/09/2003

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Apoyar y fomentar prácticas de voluntariado.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado

Localización del organismo gestor

Melilla

Convoca:

Consejería de Bienestar Social y Sanidad (Melilla)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Hasta 31.553,08 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Asociaciones e instituciones sin Ánimo de lucro.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Actividades dedicadas al fomento de la promoción, apoyo y oordinación del voluntariado.
Pequeñas obras de reforma y adecuación, así como adquisición de equipamiento.
Programas/Proyectos dirigidos a favorecer la participación en las actividades que la ONG emprenda para promover el desarrollo personal y profesional de mujeres.
Programas/Proyectos dirigidos a facilitar la presencia de grupos de voluntarios en centros sanitarios, penitenciarios y otros centros de residencia y acogida.
Programas/Proyectos de formación para personal directivo y responsables de las Entidades solicitantes.
Programas/Proyectos dirigidos a promover y apoyar la realización, por parte de la ONG de cursos y/o actividades de formación de los/as voluntarios/as.

Requisitos:

1. Estar legalmente constituidas.
2. Que los Estatutos de la Entidad estén inscritos conforme a lo establecido en la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, en el Registro correspondiente.
3. Carecer de fines de lucro.
4. Acreditar que se hallan al corriente de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social y de las obligaciones fiscales con la Ciudad Autónoma, así como la justificación de las subvenciones recibidas
con anterioridad por la Ciudad Autónoma de Melilla, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 1 del Artículo Decimotercero de las presentes Bases.
5. Tener ámbito de actuación circunscrito a Melilla.
6. Disponer de la estructura y capacidad suficiente para garantizar el cumplimiento de los objetivos, acreditando la experiencia operativa necesaria para ello.
7. No haber sido sancionada con anterioridad por infracciones relacionadas con el objeto de la convocatoria.
8. No estar incursa en ningún expediente de reversión de subvenciones públicas como consecuencia del incumplimiento de los fines de las ayudas concedidas.

Documentos asociados

Boletín: 01/08/2003
BOCME Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla- Nº 4004
Documento: Convocatoria Descargar Documento