Subvenciones para Asociaciones de Comerciantes y Cámaras Oficiales de Comercio.

Código de ayuda:

S05973/05

Norma:

Orden HAC 3/2005, de 10 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/04/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para Cámaras de Comercio y Asociaciones de Comerciantes.

Categorías Subvención

  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Economía y Hacienda (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

- Hasta el 70% del coste de los proyectos a realizar en áreas de actuación especial con convenio de colaboración, de los diagnósticos de punto de venta y de los estudios de carácter coyuntural sobre el sector comercial en Cantabria, con un límite de 30.000,00 euros por proyecto en este último caso.
- Hasta el 40% del coste de los gastos de animación y promoción de determinadas áreas comerciales.
- Hasta el 30% del coste de la inversión para la adquisición de mobiliario y equipamiento por las Asociaciones de Comerciantes.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales

Detalle beneficiarios:

1.- Podrán ser beneficiarios de las ayudas convocadas por la presente Orden las Cámaras Oficiales de Comercio de la Región y las Asociaciones de Comerciantes, así como las Federaciones y Confederaciones de éstas, que se encuentren inscritas en el Registro de Asociaciones de Comerciantes de Cantabria, con independencia de su regulación jurídica específica.
2.- También podrán acceder a las mismas ayudas que las asociaciones las cooperativas de detallistas con domicilio social en Cantabria, siempre que se encuentren inscritas en los correspondientes registros.
3.- El proyecto para el que se solicite la subvención deberá guardar relación con el ámbito territorial y sectorial de actuación y representación de la Asociación solicitante.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las ayudas motivo de esta convocatoria tendrán como finalidad incentivar las siguientes actividades:
a) Para Cámaras de Comercio y Asociaciones de Comerciantes:
- Las inversiones en mobiliario y equipamiento urbano y las actuaciones de delimitación espacial con fines de atracción comercial, realizadas en áreas de actuación especial para las que existan proyectos específicos de actuación urbanística en los que se haya formalizado convenio de colaboración.
- Las campañas de animación y promoción de determinadas áreas comerciales.
Los gastos publicitarios que se incluyan en concepto de animación y promoción estarán limitados a un máximo del 10% del total de las actividades e inversiones subvencionables.
No serán subvencionables los gastos de patrocinio, con carácter general, y, en particular, de actividades de otros entes o instituciones públicas o privadas, ni los de obsequios de horas de aparcamientos.
b) Para Cámaras de Comercio:
- Las actuaciones de diagnóstico de punto de venta.
- Los proyectos destinados a la realización de estudios de carácter coyuntural y ámbito regional, referidos a la situación del conjunto del sector comercial en Cantabria.
c) Para Asociaciones de Comerciantes:
- La adquisición de mobiliario y equipamiento para uso específico de oficinas, salas de reunión y aulas de formación de carácter permanente que se instalen en dependencias de la Asociación, excluyéndose cualquier tipo de “obra civil”.

Quedan excluidas del régimen de subvenciones regulado en la presente Orden las adquisiciones de bienes usados.

Documentos asociados

Boletín: 21/02/2005
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 35
Documento: Convocatoria 2005 y Anexos Descargar Documento