Subvenciones para Agencias de Viaje para la promoción y comercialización del destino Galicia.

Código de ayuda:

S04028/05

Norma:

Orden de 3 de febrero de 2005.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 22/03/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:


Categorías Subvención

  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • Transporte

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Los proyectos que se recogen en esta orden como actuaciones subvencionables podrán alcanzar las siguientes ayudas:
* Los proyectos señalados en el apartado A podrán alcanzar un máximo de ayuda de hasta el 40% del presupuesto de la inversión subvencionable.
El presupuesto subvencionable será de un máximo de 42.000 €.
* Las actuaciones señaladas en el apartado B podrán alcanzar un máximo de ayuda de hasta el 20% del presupuesto subvencionable.
El presupuesto subvencionable será de un máximo de 18.000 €.
* Las acciones determinadas en el apartado C podrán alcanzar un máximo de ayuda de hasta el 30% del presupuesto subvencionable.
El presupuesto subvencionable será de un máximo de 30.000 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Aquellas empresas turísticas de Galicia que, con casa central en Galicia y estando en posesión del oportuno título licencia, expedido por el centro directivo de la consellería competente en materia de turismo, desarrollen su actividad en el territorio de la Comunidad Autónoma gallega.

Dichas empresas deben dedicarse comercial y profesionalmente, en exclusiva, al ejercicio de las actividades propias de asesoramiento, organización y/o mediación de servicios turísticos, tal y como se recoge en el Decreto 42/2001, de 1 de febrero, de refundición en materia de agencias de viajes, guías de turismo y turismo activo.

En todo caso los solicitantes de la subvención deberán estar inscritos en el REAT con anterioridad a la fecha de remate de presentación de las solicitudes de subvención al amparo de esta orden.
En el caso de agrupación de empresas, la inscripción debe de ser de cada una de las entidades que formen la agrupación.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las inversiones relativas al diseño de nuevos productos turísticos y a la promoción y comercialización del destino turístico Galicia, a través de las siguientes actuaciones:

A) Línea de diseño de nuevos productos turísticos:
Entendiendo ésta como el diseño de aquellos proyectos innovadores y de diversificación de la oferta turística de Galicia, productos diseñados para determinados grupos y colectivos y cualquier otro relativo a la múltiple y nueva oferta turística de Galicia, principalmente turismo de salud, gastronómico, náutico, de golf...
Los productos turísticos deberán configurar un paquete turístico que incluya necesariamente alojamiento, transporte y manutención y al menos dos servicios como excursiones, prácticas deportivas, actividades con entradas a eventos culturales, etc.
Se considerarán también acciones subvencionables la promoción y comercialización de los proyectos diseñados.

B) Línea de promoción y comercialización de productos ya existentes.
Entendiendo ésta como aquellas actuaciones de promoción y comercialización de productos turísticos, siempre que estos contribuyan a la mejora de la competitividad del sector turístico gallego.
Dentro de esta línea se incluye la actualización y nueva estética de soportes promocionales en los que se optimice y particularice cada uno de los establecimientos o destinos que pretendan promocionarse, así como el establecimiento de nuevas vías de comercialización y promoción: viajes de familiarización, presentación al canal de comercialización etc.

C) Línea de tecnificación e innovación:
Relativo a la incorporación de sistemas de tecnificación e innovación que contribuyan a la mejor promoción y comercialización de los productos turísticos gallegos, páginas web, comercio electrónico etc.
Se priorizará la adecuación de páginas web para su accesibilidad a personas con discapacidad o dificultades de acceso.
Queda excluida la adquisición de material informático (hardware).

Documentos asociados

Boletín: 10/02/2005
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 28
Documento: Convocatoria 2005 y Solicitud Descargar Documento