Subvenciones otorgables por el Ayuntamiento de Malgrat de Mar.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S04564/12

Norma:

Malgrat de Mar, 2 de febrer de 2012. Malgrat de Mar, 17 de gener de 2012.

Plazo de Solicitud:

3 meses desde la aprobación definitiva de las bases.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Definir el conjunto de condiciones y el procedimiento a seguir para la solicitud, concesión, justificación y cobro de las subvenciones que otorgue el Ayuntamiento de Malgrat de Mar a personas físicas y entidades públicas o privadas que fomenten o realicen actividades de utilidad pública o interés social.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Comercio
  • Educación y Ciencia
  • Juventud
  • Medio Ambiente y Energía
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Ayuntamiento de Malgrat de Mar (Cataluña)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

La persona física o jurídica que haya de ejercer la actividad que haya fundamentado el otorgamiento o que esté en situación que legitime su concesión, así como las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, sin personalidad.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Son subvencionables las actividades programadas que se realizan durante el año de su petición y que se realizan en el ámbito territorial de Malgrat de Mar y referidas a las siguientes finalidades:

1. Cultura.

2. Educación.

3. Deporte.

4. Juventud.

5. Medio Ambiente.

6. Solidaridad Internacional.

7. Bienestar social.

8. Comercio e industria.

9. Sanidad.

Requisitos:

No podrán obtener la condición de beneficiario las personas o entidades en las que concurra alguna de las
circunstancias establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.

Las entidades deberán estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro Municipal de Entidades del Ayuntamiento de Malgrat de Mar.

Documentos asociados

Boletín: 01/02/2012
BO Provincia de Barcelona- Nº
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 10/02/2012
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6064
Documento: Anuncio. Descargar Documento