Subvenciones nominadas para entidades publicas que desarrollan planes de prevencion y atencion de drogodependencias y para la gestion de centros y servicios sociosanitarios de atencion a los drogodependientes de titularidad publica o privada.

Código de ayuda:

S12255/14

Norma:

ORDEN de 24 de marzo de 2014.

Plazo de Solicitud:

A publicar en la correspondiente Convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer un marco común para la concesión de subvenciones nominadas para entidades públicas que desarrollan planes de prevención y atención de drogodependencias y para la gestión de centros y servicios sociosanitarios de atención a drogodependientes.

Categorías Subvención

  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Consejería de Sanidad (Canarias)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Las entidades publicas que desarrollan planes de prevencion y atencion de drogodependencias y para la gestion de centros y servicios sociosanitarios de atencion a los drogodependientes de titularidad publica o privada.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las actividades a desarrollar por las entidades públicas o privadas nominadas en la Ley 6/2013, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2014, cuando su finalidad sea garantizar la atención a los drogodependientes, de manera coordinada con los servicios sanitarios y sociales que, impulsando y desarrollando fórmulas de integración en un entorno social normalizado durante todo el tratamiento asistencial, contemplen acciones y programas que cumplan con los objetivos establecidos en el III Plan Canario sobre Drogas especificados en el Área de Tratamiento e Integración Social y de Prevención (este último solo para entidades públicas) y que son:

- Adaptar el abordaje terapéutico asistencial a la realidad del usuario o usuaria, a las nuevas sustancias, cambio de los patrones de consumo y patología dual.

- Potenciar el diagnóstico precoz e intervención temprana en drogodependencias.

- Garantizar al usuario o usuaria drogodependiente asistencia biopsicosocial en todas las áreas de salud de la Comunidad Canaria.

- Potenciar e incrementar programas de reducción de daños y mejora en la calidad de vida de los drogodependientes.

- Reducir los factores de exclusión social y automarginación de la población drogodependiente.

- Promover conjuntamente con la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias y con la Administración General del Estado programas de actuación para drogodependientes con problemática legal.

Y, específicamente para las Entidades públicas, se añaden los objetivos de prevención y sensibilización:

- Sensibilizar e informar a todos los ciudadanos sobre los riesgos del uso de sustancias capaces de generar dependencia.

- Poner a disposición de todos los ciudadanos un servicio de información, orientación y atención sobre drogodependencias (primer nivel asistencial).

- Promover y potenciar modelos positivos saludables como referentes de conducta para favorecer los procesos de socialización.

- Incorporar actuaciones de prevención de drogodependencias en todos los proyectos de promoción de la salud.

- Impulsar la realización de actividades preventivas dirigidas a la población en general.

- Incrementar la percepción de riesgo sobre el uso de cualquier tipo de droga en aquellas personas que ya han tenido un contacto ocasional o experimental con ella.

Se considerarán gastos subvencionables, a los efectos de las subvenciones objeto de estas directrices, aquellos que respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y que se realicen en el plazo establecido en la directriz undécima, apartado segundo y cumplan con lo dispuesto en la directriz decimocuarta, relativa al personal y, en todo caso, los siguientes:

- Gastos de personal, excepto las indemnizaciones por despido y jubilaciones anticipadas.

- Gastos de tratamientos dispensados.

- Gastos de viaje, con motivo de reuniones convocadas exclusivamente por la Dirección General de Salud Pública.

- Arrendamientos y cánones.

- Reparaciones y conservación.

- Gastos derivados de la revisión de la cuenta justificativa.

- Servicios profesionales independientes.

- Primas de seguros.

- Material de oficina, fotocopias e imprenta.

- Comunicaciones.

- Suministros.

- Gastos financieros si estos están directamente relacionados con la actividad subvencionada y son indispensables para la adecuada ejecución de la misma.

- Gastos de transporte si están directamente relacionados con la actividad subvencionada y son indispensables para la adecuada ejecución de la misma.

- Cuotas de suscripción a publicaciones o de inscripción en actividades, como las abonadas por pertenencia a otras asociaciones nacionales e internacionales.

- Los gastos ocasionados por el desarrollo de actividades relacionadas con la prevención en el caso de entidades públicas canarias.

Requisitos:

a) Contar, en su caso, con autorización como centro o servicio sociosanitario de atención a drogodependientes, regulada en el Decreto 118/1992, de 9 de julio, sobre autorizaciones para la creación, construcción, modificación, adaptación, traslado, supresión o cierre de esos centros o servicios.

b) Estar inscrito, en su caso, en el registro oficial correspondiente por razón de su naturaleza jurídica.

c) No estar incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 02/04/2014
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 65
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento