Subvenciones municipales para la promoción de congresos, convenciones y seminarios, otros eventos y eventos singulares a desarrollar en el Concejo de Gijón.

Código de ayuda:

S15982/04

Norma:

Convocatoria Municipal

Plazo de Solicitud:

Desde aprobación de Bases, hasta el 30/9/04; para acciones anteriores a aprobación de Bases, hasta el 3/8/04.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Fomentar el desarrollo en el Concejo de Gijón de jornadas, congresos, simposios, seminarios y encuentros (reuniones itinerantes por el estado, promovidas frecuentemente por entidades supralocales de carácter científico, técnico y/o profesional); la realización de acciones profesionales: convenciones, viajes incentivo y eventos profesionales realizados por empresas o particulares; y la realización de otros eventos en el Concejo de Gijón, cuya repercusión en el sector turístico local o en términos de promoción de la ciudad sea constatable y de importancia.

Categorías Subvención

  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Ayuntamiento de Gijón (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

En el caso de “congresos convenciones y jornadas”, y “eventos singulares”, la subvención a otorgar será de una cuantía de hasta un máximo de 15.000,00€ por acción, y en todo caso, de hasta un máximo del 75% del presupuesto total previsto, excepto en aquellos casos en los que, respondiendo a un interés específico definido por los órganos de Gobierno del Ayuntamiento de Gijón, la cuantía de la subvención pueda ser superior, tanto en términos absolutos como relativos.

Para las acciones calificadas como de “otros eventos” la subvención a otorgar será de una cuantía de hasta un máximo de 3.000,00€ por acción, y en todo caso, de hasta un máximo del 50% del presupuesto total previsto, excepto en aquellos casos en los que, respondiendo a un interés específico definido por los órganos de Gobierno del Ayuntamiento de Gijón, la cuantía de la subvención pueda ser superior, tanto en términos absolutos como relativos.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas, empresas, organizaciones y entidades sin ánimo de lucro, públicas y privadas que promuevan dichos eventos, o participen como intermediarias de los mismos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

A: CONGRESO, CONVENCION Y SEMINARIO.
De ámbito Nacional, Internacional y Regional.
Según los criterios estadísticos establecidos por el Spain Convention Buerau SBC de la Federación Española de Municipios y Provincias y por TurEspaña –Secretaría General de Turismo-.
La organización de Ferias Comerciales, y Mercados Especializados será considerada como Convención y su ámbito vendrá dado por el origen de los expositores y duración.

B: OTROS EVENTOS.
El resto de las acciones propuestas que no puedan ser calificadas dentro del cuadro anterior serán calificadas como OTROS EVENTOS, aún así quedan excluidas del ámbito de esta convocatoria aquellas reuniones que tengan por objeto: manifestaciones culturales o musicales (festivales, conciertos, recitales, …), galas, espectáculos, formación reglada, actos académicos, etc.

C: EVENTOS SINGULARES.
Aquellos que por sus características, tipología de la acción, impacto económico o repercusión promocional, el comité técnico de evaluación estime oportuno incluir bajo ese epígrafe.

Los conceptos comprendidos dentro del gasto medio son:
- Cuota de inscripción en la reunión; alojamiento, (incluye las comidas y gastos realizados en el alojamiento);
- comidas (incluye las comidas y bebidas realizadas fuera del alojamiento y no comprendidas en la cuota de inscripción);
- transporte interno (incluye tanto el transporte interno para desplazarse por la ciudad, como el transporte, una vez en el destino, para desplazarse hasta la ciudad, ejemplo: aeropuerto - ciudad);
- compras (incluye tanto las compras para llevar a la ciudad de origen, como las compras para consumir durante su estancia;
- ocio, incluye el coste de las actividades de ocio, culturales y deportivas, tanto las entradas, ejemplo: coste entrada a un concierto, como el alquiler de los equipos ejemplo: alquiler de equipo de golf, …);
- otros, se incluyen los gastos no comprendidos en los epígrafes anteriores, como: gastos de fotocopias, programas y materiales, gastos en telecomunicaciones (teléfono, internet, …), …

Requisitos:

1.- No podrán obtener la condición de beneficiario de las subvenciones reguladas en las presentes bases las personas o entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias determinadas en el artículo 13, apartado 2 y 3 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
2.- No haber sido excluidos del acceso a los beneficios derivados de la aplicación del presente programa de subvención, por la comisión de infracciones tipificadas en tal materia en el artículo 46.2 del Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el orden Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.
3.- Encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, de las obligaciones con la seguridad Social y no ser deudor del Principado de Asturias y el Ayuntamiento de Gijón.
4.- Asimismo los requisitos que se reseñan a continuación:
• Tener un centro de trabajo, sede o delegación ubicado en el concejo de Gijón, o identificar una sede provisional para la organización y gestión del evento.
• Contar con las dotaciones adecuadas para el desarrollo de la acción propuesta o, en su defecto, garantizar la ejecución de la acción con la calidad necesaria, promoviendo tanto la cooperación con otras entidades y empresas para el desarrollo de la misma, como el mayor impacto posible.
• Realizar la actividad o evento para el que se concede la subvención.
• Cumplir las condiciones con que se otorguen las ayudas impuestas por las presentes bases.
• Las acciones acogidas a este Programa, se ejecutarán dentro del presente ejercicio.

Documentos asociados

Boletín: 03/06/2004
Otro- Nº Hoja informativa Ayto. Gijón
Documento: Convocatoria Descargar Documento
Boletín: 03/06/2004
Otro- Nº Hoja Informativa Ayto. Gijón
Documento: Anexos Descargar Documento