Subvenciones, mediante el procedimiento de concurrencia competitiva, destinadas al programa de ayuda al alquiler de vivienda para el periodo 2022-2023.

Código de ayuda:

S60791/22

Norma:

Resolución de 10 de octubre de 2022.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 10 de noviembre del 2022.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Facilitar a las personas físicas arrendatarias o cesionarias, pertenecientes a sectores de población con escasos medios económicos, el acceso a disfrutar de una vivienda o habitación en régimen de alquiler o de cesión de uso, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, mediante la concesión de ayudas a dichas personas

Categorías Subvención

  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Consejería de Obras Públicas, Transportes y Vivienda (Canarias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Se concederá a las personas beneficiarias una subvención del cincuenta por ciento (50%) de la renta o precio mensual subvencionable que deban satisfacer por el alquiler o cesión en uso de su vivienda o habitación habitual y permanente, excluidos los anejos y otros gastos u obligaciones asumidas por la persona arrendataria o cesionaria en el contrato.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas que cumplan los requisitos establecidos en las bases y que sean titulares de un contrato de arrendamiento para vivienda habitual y permanente formalizado en los términos de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos o, en calidad de persona cesionaria, de un contrato de cesión de uso, o de arrendamiento o cesión de uso de una habitación. En caso de alquiler de habitación no es exigible que la formalización lo sea en los términos de la Ley 29/1994, si
bien el contrato de alquiler o cesión de uso deberá tener una duración mínima de un año. En ningún caso se admitirán contratos de subarriendo de vivienda o habitación.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La actividad objeto de subvención consiste en el arrendamiento o cesión de uso de una vivienda o habitación, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, destinada a domicilio habitual y permanente de la unidad de convivencia o de una persona, respectivamente, en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2022 y el 31 de diciembre de 2023.

La actividad objeto de subvención se entenderá los términos regulados en el Real Decreto 42/2022 y en las presentes bases reguladoras y convocatoria, y siempre dentro de las disponibilidades presupuestarias.

El concepto subvencionable es la renta arrendaticia o el precio de la cesión de uso de la vivienda o habitación que constituya la residencia habitual y permanente de la unidad de convivencia o persona solicitante, que conste en el contrato de arrendamiento o de cesión de uso, durante veinticuatro mensualidades como máximo, devengadas dentro del periodo señalado en el primer párrafo de esta base y teniendo en cuenta lo establecido en la base cuarta.5.

En todo caso, es condición necesaria para que una mensualidad o parte de ella sea subvencionable que, además de incluida dentro del periodo máximo subvencionable (1 de enero de 2022 hasta 31 de diciembre de 2023), se den simultáneamente las condiciones de empadronamiento en la vivienda o habitación para cuyo alquiler o cesión de uso se solicita la ayuda y la existencia del correspondiente contrato en vigor.

Documentos asociados

Boletín: 19/10/2022
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 207
Documento: Bases, Convocatoria 2022 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 19/10/2022
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 207
Documento: Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento