Subvenciones materia de Mujer y Familia para el año 2004.
Código de ayuda:
S01337/04Norma:
Decreto Foral 270/2003, de 23 de diciembre.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 18/02/2004Finalidad u objetivo de la ayuda:
El mantenimiento y realización de actividades destinadas a la atención e integración social del colectivo de Mujer y Familia.Categorías Subvención
- Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
Localización del organismo gestor
País Vasco
Convoca:
Diputación Foral de Vizcaya (País Vasco)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Nno superará el 40% del coste total del mantenimiento de la Entidad/Centro y/o realización de las actividades interesadas, quedando excluidas de esta limitación las Entidades locales y las Entidades públicas.En cualquier caso, el importe total de la subvención no superará la cantidad de 24.040,48 euros.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Ayuntamientos/Municipios
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
1. Las Entidades Locales del Territorio Histórico de Bizkaia.2. Las Entidades públicas y privadas cuyo ámbito de actuación esté comprendido dentro del Territorio Histórico de Bizkaia.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1. La realización de actividades relativas al colectivo de Familia :a) Actividades dirigidas a la prevención y la inserción social del colectivo de familia en situación de riesgo.
b) Servicios de mediación familiar especializados en los supuestos de no ruptura matrimonial o de pareja, así como de familias monoparentales, que tengan como finalidad evitar y paliar conflictos
convivenciales.
c) La utilización del Euskera a partir de una igualdad en la valoración de los proyectos presentados por las Entidades solicitantes.
2. La realización de actividades relativas al colectivo de Mujer:
a) Servicios que presten una asistencia directa de Acogida y de Asesoría Jurídica dirigidos a mujeres en las que concurre determinada
problemática social que motiva su vulnerabilidad; así como servicios de Mediación Familiar especializados dirigidos a familias monoparentales cuyas titulares sean mujeres.
b) Actividades de promoción, capacitación e inserción laboral, sensibilización y divulgación encaminadas a conseguir la plena integración social del colectivo de mujer en situación de riesgo.
c) Programas de apoyo dirigidos a mujeres cuidadoras de personas
dependientes.
d) Programas en materia de servicios sociales dirigidos a impulsar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.
e) La utilización del Euskera a partir de una igualdad en la valoración de los proyectos presentados por las Entidades solicitantes.
Requisitos:
- Las Entidades públicas y privadas deberán:a) Estar legalmente constituidas.
b) Carecer de fines de lucro.
c) Acreditar que se hallan al corriente de las obligaciones tributarias
y de Seguridad Social. Dicha circunstancia deberá acreditarse con la presentación de la solicitud y mantenerse en el momento de la concesión, en el reconocimiento de la obligación y en el pago, lo que se justificará en el expediente en el modo que determine el Departamento de Hacienda y Finanzas.
d) Haber justificado, en su caso, suficientemente, las ayudas económicas recibidas con anterioridad del Departamento de Acción Social.
e) Disponer de la estructura y capacidad suficientes para garantizar el cumplimiento de los objetivos.
f) Asumir el compromiso de colaborar con los Organismos públicos competentes en la regularización de los recursos y en la satisfacción de la demanda existente, dentro del respeto a la peculiaridad de sus servicios.