Subvenciones igualdad de oportunidades.- Convocatoria 2015.

Código de ayuda:

S15073/15

Norma:

Madrid, a 12 de marzo de 2015.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 20/04/2015

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar la concesión de subvenciones a entidades e instituciones de carácter social sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos que complementen las actuaciones de la Dirección General de Igualdad de Oportunidades en el municipio de Madrid.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Ayuntamiento de Madrid (Comunidad de Madrid)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s

Detalle beneficiarios:

Las entidades que cumplan los requisitos establecidos.

Agrupación de entidades.

Podrán acceder a la condición de beneficiario las agrupaciones de entidades sin ánimo de lucro que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo el proyecto para el que se solicita subvención. En estos casos, una de las entidades será la representante de la agrupación ante el Ayuntamiento de Madrid hasta el momento en que resulte beneficiaria de la subvención, en su caso. Todas las entidades participantes en el proyecto deberán cumplir los requisitos establecidos en el apartado 1 del presente artículo.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

A) Objetivo general: promover la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.

Objetivos específicos:

A.1. Disminuir la violencia en los ámbitos familiar, laboral, prostitución y trata así como atender las situaciones de violencia contra las mujeres.

El objeto de estos proyectos es desarrollar actuaciones que disminuyan y atiendan situaciones de violencia en los ámbitos familiar, laboral, prostitución y trata.

A.2. Fomentar la formación e inserción laboral para mujeres desempleadas.

El objeto de estos proyectos es desarrollar actuaciones de formación e inserción laboral para colectivos de mujeres desempleadas en situación de riesgo.

Se priorizarán aquellos proyectos que incluyan itinerarios individualizados de inserción de las beneficiarias.

A.3. Incrementar y facilitar la participación de las mujeres en todos los ámbitos.

El objeto de estos proyectos es la realización de actuaciones dirigidas a la incorporación de los colectivos de mujeres más desfavorecidos o en riesgo de exclusión. Se priorizarán aquellas relativas al desarrollo de talleres de autoestima, habilidades sociales, toma de decisiones y utilización de nuevas tecnologías y la creación de redes entre entidades de mujeres.

B) Objetivo general: integración de personas sin hogar.

Objetivos específicos:

B.1. Complementar la actuación de la Red Municipal de Atención a Personas sin Hogar. Se consideran prioritarios aquellos proyectos que gestionen la manutención, alojamiento y acompañamiento social de personas sin hogar.

C) Objetivo general: inclusión social de colectivos vulnerables y con necesidades especiales.

Objetivos específicos:

C.1. Favorecer el cuidado y autonomía personal de personas adultas con discapacidad.

C.2. Reducir la vulnerabilidad social de minorías étnicas, población reclusa y exreclusa y al colectivo LGTB.

C.3. Favorecer la autonomía de los jóvenes mayores de dieciocho años en situación de vulnerabilidad, con especial hincapié en la integración laboral y en la búsqueda de sectores laborales para su plena empleabilidad.

C.4. Mejorar la promoción personal y social de personas en situación de exclusión social.

El objeto de estos proyectos es la promoción personal y social de personas en exclusión social, tanto población autóctona como población de origen extranjero, así como la consolidación de procesos de inclusión social para personas que hayan iniciado itinerarios de inserción sociolaboral.

Requisitos:

a) Tener personalidad jurídica y carecer de ánimo de lucro.

b) Que sus fines y actividades sociales sean coincidentes con la finalidad de la convocatoria
y el contenido del proyecto presentado.

c) Estar inscrita en el Registro público correspondiente.

d) Desarrollar sus actividades y tener sede en el ámbito territorial del municipio deMadrid.

e) Llevar en funcionamiento real y efectivo en el municipio de Madrid un mínimo de dos años.

f) Contar con medios materiales y personales suficientes para ejecutar el proyecto cuya subvención se solicita sin que, en ningún caso, se condicione la ejecución del mismo a la obtención de la subvención.

g) Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.

h) Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Madrid.

i) Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.

j) No tener pendiente de justificación fuera de plazo, subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Madrid o sus organismos públicos, con independencia de que el requerimiento del artículo 70.3 del RGS se hubiera realizado o no.

k) No estar incursas en el resto de las prohibiciones que se establecen en el artículo 13.2 y 3 de la LGS para obtener la condición de beneficiario de subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 31/03/2015
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 76
Documento: Bases y Convocatoria 2015. Descargar Documento