Subvenciones gestionadas por la Direccion General de Prevencion, Extincion de Incendios y Emergencias en materia de prevencion de incendios forestales.- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S17346/13

Norma:

ORDEN 3/2013, de 17 de mayo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 19/06/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar las subvenciones gestionadas por la Dirección General de Prevención, Extinción de
Incendios y Emergencias de la Consellería de Gobernación y Justicia, en materia de prevención de incendios forestales, para el ejercicio 2013, y aprobar las bases reguladoras por las que se rige esta convocatoria.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Consejería de Gobernación y Justicia (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. Las subvenciones podrán financiar hasta el cien por cien de la ejecución del proyecto de actividades, siendo la ayuda máxima a recibir por cada proyecto de 30.000 euros.

2. El importe de las subvenciones reguladas por la presente orden en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con subvenciones o ayudas de otras administraciones públicas, o de otros entes públicos o privados, supere el coste de la actividad.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las organizaciones y entidades de voluntariado, según la definición que de ellas hace la Ley 4/2001, de 19 junio, de la Generalitat, del Voluntariado, entre cuyos fines figuren la defensa y conservación de la naturaleza y la educación ambiental, o bien demuestren una trayectoria
consolidada en este campo, así como ayuntamientos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La ejecución de proyectos de voluntariado que puedan contribuir a la prevención y vigilancia frente a los incendios forestales mediante acciones dirigidas al control e información de visitantes, al control del cumplimiento de las distintas normativas aplicables, a la vigilancia disuasoria, y a la aplicación de programas de educación ambiental con especial incidencia en el conocimiento del medio forestal.

Requisitos:

a) En el caso de entidades y organizaciones estar legalmente constituidos e inscritas en el Registro de Entidades de Voluntariado de la Comunitat Valenciana.

b) Tener su ámbito de actuación, total o parcialmente, en la Comunitat Valenciana.

c) Disponer de la estructura suficiente para garantizar el cumplimiento de los objetivos.

No podrán obtener la condición de beneficiario de las subvenciones reguladas en esta orden las personas o entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 24/05/2013
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 7031
Documento: Bases, Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento