Subvenciones genéricas para los adquirentes o propietarios de suelo que destinen el mismo a la construcción de viviendas protegidas.

Código de ayuda:

S42228/05

Norma:

Resolución de 25 de julio de 2005.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/10/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de subvenciones a los promotores, adquirentes o propietarios de suelo, que destinen, durante la vigencia del programa 2005 del Plan de Vivienda de Canarias, dicho suelo a la construcción de viviendas protegidas.

Categorías Subvención

  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Consejería de Infraestructuras, Transportes y Vivienda (Canarias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo de las subvenciones será el resultado de multiplicar el número de viviendas protegidas a edificar sobre el suelo objeto de subvención por 6.000 euros.

En ningún caso el importe de la subvención podrá superar el menor de los tres valores siguientes más los tributos y los gastos notariales y registrales que se deriven del documento público de adquisición del mismo y gastos derivados de la tasación del suelo.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Aquellos promotores, públicos o privados que:
• No estén incursos en las prohibiciones para ser beneficiarios, señaladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el momento de la solicitud.
• Sean propietarios o adquieran suelo susceptible de ser destinado a la construcción de viviendas protegidas.
• Obtengan la calificación provisional de sus promociones en el programa 2005 del Plan de Vivienda de Canarias como viviendas protegidas de nueva construcción en arrendamiento o venta para adquirentes con ingresos familiares de hasta 5,5 veces el IPREM.

El suelo objeto de la presente subvención debe reunir los siguientes requisitos:
- Estar clasificado por las normas de planeamiento como urbano.
- Ser destinado por sus titulares exclusivamente, a la construcción de viviendas protegidas durante la vigencia del programa 2005 del Plan de Vivienda de Canarias.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La actividad subvencionada es la adquisición de suelo que se destine, durante la vigencia del programa 2005 del Plan de Vivienda de Canarias, a la construcción de viviendas protegidas.

Dicha adquisición puede realizarse en el ejercicio 2005 o haberse realizado con anterioridad.
Se entenderá que se destina el mismo a la construcción de viviendas protegidas durante la vigencia del programa 2005 del Plan de Vivienda de Canarias cuando el promotor obtenga la calificación provisional de sus promociones en dicho programa.

Documentos asociados

Boletín: 01/08/2005
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 149
Documento: Bases, Convocatoria 2005 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 16/08/2005
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 159
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento