Subvenciones genéricas destinadas a los municipios canarios para la implantación y mantenimiento de oficinas gestoras de vivienda para la información y apoyo a la gestión de actuaciones protegidas en materia de vivienda para el ejercicio 2008.

Código de ayuda:

S34373/08

Norma:

Resolucion de 17 de abril de 2008.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 11/06/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar para el ejercicio 2008 subvenciones destinadas a los municipios canarios para la implantación o mantenimiento de oficinas gestoras de vivienda para la información y apoyo a la gestión de actuaciones protegidas en materia de vivienda.

Aprobar las bases por las que se rige la presente convocatoria, y que se incorporan como anexo I a la presente Resolución.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Consejería de Bienestar Social, Juventud y Vivienda (Canarias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de la subvención ascenderá a la cantidad de:

a) 12.000 euros por la implantación o mantenimiento de oficinas gestoras de vivienda para la información
y apoyo a la gestión de actuaciones protegidas en materia de vivienda, en la forma prevista en la base
2.A) de la presente convocatoria.

b) Complementariamente, se podrán obtener otros 6.000 euros si además de las anteriores, se desarrolla
alguna de las actividades encaminadas a simplificar la gestión municipal para las actuaciones protegidas
en materia de vivienda, previstas en la base 2.B) de la presente convocatoria.

Excepcionalmente, en caso de que con el número de solicitudes presentadas no se agotase el importe
total de los créditos de la presente convocatoria, el órgano competente procederá al prorrateo, en
proporción a los importes a conceder según el apartado anterior, entre los beneficiarios de la subvención de la dotación económica total destinadas a las subvenciones.

Las subvenciones a conceder serán compatibles con todas las subvenciones establecidas en el Plan de
Vivienda de Canarias incluso aquellas que pudieran establecerse con el mismo objeto.
También serán compatibles con las subvenciones que se concedan para el mismo objeto, por otras Administraciones Públicas.

El importe total de las subvenciones no podrá superar el total de la dotación presupuestaria prevista
en la base 3 de la presente convocatoria.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones los municipios canarios que realicen la actividad subvencionable en los términos que se describen en la base segunda y no estén incursos en las prohibiciones para ser beneficiarios, señaladas en el apartado 2, letras e) y g) del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el momento de la solicitud.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

El objeto de la presente convocatoria es la concesión de subvenciones a los municipios canarios para la implantación o mantenimiento de oficinas gestoras de vivienda para la información y apoyo a la gestión de actuaciones protegidas en materia de vivienda.

A) La actividad subvencionada consiste, principal y obligatoriamente, en la realización de actividades
encaminadas a la implantación o mantenimiento de oficinas gestoras de vivienda para la información y
apoyo a la gestión de actuaciones protegidas en materia de vivienda.
Para el desarrollo de dichas actividades será necesario que el Ayuntamiento destine o ya tenga destinados
a la información y apoyo a la gestión de los Planes de Vivienda de Canarias:
1. Medios materiales. Entendidos como tales:
- Locales, oficinas o parte de ellas dentro de las dependencias municipales que, debidamente identificadas,
se destinen a las actividades objeto de la presente subvención.
- Mobiliario, equipos informáticos y telemáticos, etc., debidamente identificados dentro de los referidos
locales u oficinas.
2. Medios personales. Funcionarios, personal laboral o colaboradores, destinados en exclusiva o parcialmente a la información a los vecinos de las distintas ayudas y subvenciones en materia de vivienda
y a la colaboración en la gestión de las mismas.

B) Complementariamente y siempre y cuando se desarrolle la actividad principal, serán subvencionables
las actividades encaminadas a simplificar la gestión municipal en los términos siguientes:
1. Implementando procedimientos administrativos separados de gestión urbanística, en la concesión de
licencias y demás trámites para la construcción de viviendas protegidas.
2. Estableciendo unidades administrativas de atención al ciudadano, especializadas en gestión urbanística, en la concesión de licencias y demás trámites para la construcción de viviendas protegidas.
3. Estableciendo bonificaciones o reducciones en los tributos que graven las viviendas protegidas.

Documentos asociados

Boletín: 12/05/2008
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 94
Documento: Bases, Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento