Subvenciones estructurales para la edición de publicaciones periódicas en soporte papel en catalán o en aranés.

Código de ayuda:

S29619/19

Norma:

ORDEN PRE/91/2019, de 7 de mayo. RESOLUCIÓN PRE/1497/2019, de 21 de mayo. RESOLUCIÓN PRE/886/2020, de 9 de marzo. RESOLUCIÓN PRE/997/2020, de 8 de mayo.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 25 de mayo de 2020.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Se abre la convocatoria de subvenciones estructurales, en régimen de concurrencia no competitiva, para la
edición de publicaciones periódicas en soporte papel en catalán o en aranés, correspondientes al año 2020.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Presidencia (Cataluña)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

a) Las empresas periodísticas, de acuerdo con la definición que prevé la base 4.1.a).

b) Las entidades sin ánimo de lucro que tienen como actividad, única o entre otras, la edición de publicaciones periódicas.

c) Las agrupaciones de personas físicas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado, que, a pesar de no tener personalidad jurídica, se encuentren en la situación que motiva la concesión de estas subvenciones, sin perjuicio de lo que establece la base 1.2.a).

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Las publicaciones editadas o coeditadas por instituciones públicas, por entidades privadas con participación mayoritaria de instituciones públicas en su financiación o gobierno o por entidades privadas por encargo de instituciones públicas.

b) Los boletines y las publicaciones corporativas.

c) Los reclamos publicitarios y las guías comerciales.

d) Los suplementos de publicaciones.

e) Las publicaciones que se comercializan de forma encartada o de manera condicionada a la adquisición de
otra.

f) Las publicaciones que consisten esencialmente en la reproducción o adaptación de trabajos, artículos de actualidad o contenidos de redacción no periodística originalmente publicados en otros medios escritos que hayan concurrido a la misma convocatoria.

Documentos asociados

Boletín: 10/05/2019
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7872
Documento: Bases Reguladoras 2019 Descargar Documento
Boletín: 03/06/2019
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7888
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