Subvenciones estatales destinadas a la realizacion de programas de interes general con cargo a la asignacion tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Fisicas en el ambito de la Secretaria de Estado de Servicios Sociales e Igualdad.- Convocatoria 2015.

Código de ayuda:

S27173/13

Norma:

Real Decreto 536/2013, de 12 de julio. Resolución de 16 de julio de 2013. Resolución de 14 de abril de 2014. Resolución de 24 de marzo de 2015. Resolución de 2 de junio de 2015. Resolución de 26 de agosto de 2015.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/04/2015

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La financiación de programas de interés general, con cargo a la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en el ámbito de la competencia propia de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Para la determinación de la cuantía individualizada de la subvención se tendrán en cuenta las características de las entidades solicitantes y de los programas presentados que sean relevantes a efectos de que la subvención cumpla adecuadamente su finalidad.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las entidades que tengan la consideración de entidades del tercer sector colaboradoras con la Administración General del Estado, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto-ley 7/2013, de 28 de junio, de medidas urgentes de naturaleza tributaria, presupuestaria y de fomento de la investigación, el desarrollo y la innovación, así como Cruz Roja Española y las entidades u organizaciones no gubernamentales que reúnan los requisitos establecidos.

También podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las agrupaciones de organizaciones, sin personalidad jurídica.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los programas para la atención a las personas con necesidades de atención integral socio-sanitaria, los programas para la atención a las personas con necesidades educativas o de inserción laboral y los programas para el fomento de la seguridad ciudadana y la prevención de la delincuencia.

Consultar anexo A.

Requisitos:

a) Estar legalmente constituidas y, cuando proceda, debidamente inscritas en el correspondiente registro administrativo dentro del plazo de presentación de las solicitudes
de subvención.

b) Carecer de fines de lucro. A estos efectos se considerarán también entidades sin fines de lucro aquéllas que desarrollen actividades de carácter comercial, siempre que los beneficios resultantes de las mismas se inviertan en su totalidad en los fines sociales previstos en el artículo 3 del Real Decreto 195/1989, de 17 de febrero, por el que se establecen los requisitos y procedimientos para solicitar ayudas para fines de interés social, derivadas de la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

c) Tener fines institucionales adecuados para la realización de las actividades consideradas financiables en el apartado segundo, punto 2.

d) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.

e) Haber justificado, en su caso, suficientemente las ayudas económicas recibidas con anterioridad del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y de los entonces Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad, Ministerio de Sanidad y Política Social, Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales (antes Ministerio de Asuntos Sociales).

f) Disponer de la estructura suficiente para garantizar el cumplimiento de sus fines, acreditando la experiencia operativa necesaria para ello.

Documentos asociados

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