Subvenciones establecidas para el impulso de las redes de business angels relacionadas con su creacion.- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S10564/14

Norma:

Orden IET/453/2014, de 14 de marzo. Orden IET/937/2013, de 22 de mayo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 22/04/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Realizar la convocatoria de ayudas para el impulso de las redes de «business angels» correspondiente al ejercicio 2014.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Corporaciones Locales
  • Empleo

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Industria y Turismo ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Para el desarrollo de las actividades descritas en el apartado primero de esta orden podrá subvencionarse hasta un 60 por ciento de los gastos considerados subvencionables con un máximo de 50.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

a) Las entidades con participación mayoritaria de capital público autonómico, cuyo objeto social sea la realización de las actividades específicas de una red de «business angels». También podrán serlo aquellas que presten servicios de apoyo a las PYME con el objeto de mejorar el tejido empresarial e impulsar su competitividad, tales como asesoría, formación, apoyo a la creación de empresas, tutorización del plan de negocio y asesoramiento en general al proyecto empresarial, entre otros.

b) Las entidades privadas con fin de lucro y con personalidad jurídica propia, cuyo objeto social sea la realización de las actividades específicas de una red de «business angels».

También podrán serlo aquellas que, con un objeto social más amplio, acrediten que, entre las diferentes actividades que desarrollan, realizan las que resultan propias de una red de «business angels» a fin de favorecer la aportación de recursos financieros a proyectos emprendedores mediante la realización de las tareas de información, difusión e intermediación que resultan precisas para tal fin.

c) Las entidades sin ánimo de lucro, privadas, o públicas de carácter autonómico, y con personalidad jurídica propia, cuyo objeto social sea la realización de las actividades específicas de una red de «business angels» También podrán serlo aquellas que presten
servicios de apoyo a las PYME con el objeto de mejorar el tejido empresarial e impulsar su competitividad, tales como asesoría, formación, apoyo a la creación de empresas, tutorización del plan de negocio y asesoramiento en general al proyecto empresarial, entre otros.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La creación y puesta en marcha de nuevas redes de «business angels» entendiendo como tal las actividades relacionadas con la contratación de personal especializado, creación de la estructura organizativa y captación de inversores, entre otras.

Documentos asociados

Boletín: 07/04/2010
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 84
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 29/05/2013
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 128
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 22/03/2014
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 70
Documento: Convocatoria 2014. Descargar Documento