Subvenciones establecidas en el Proyecto de Intervención Integral del Barrio de San Agustín de Igualada.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S03591/12

Norma:

Igualada, 16 de gener de 2012. Igualada, 23 de desembre de 2011.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/05/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La convocatoria para el año 2012 de las subvenciones establecidas en el Proyecto de Intervención Integral del Barrio de San Agustín de Igualada.

Categorías Subvención

  • Comercio
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Ayuntamiento de Igualada (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. Para la apertura de nuevos establecimientos comerciales se establece un importe máximo de 15.000 EUR por establecimiento. El importe de la subvención no podrá superar el 50% de los costes totales acreditados, IVA excluido.

2. Por reforma de establecimientos comerciales se establece un importe máximo de 5.000 EUR por establecimiento. El importe de la subvención no podrá superar el 50% de los costes totales acreditados, IVA excluido.

3. El importe máximo subvencionable será el 50% del coste de la actuación y / o actuaciones y, en todo caso, no superará los topes establecidos en el cuadro que se acompaña ni la cantidad de 8.750 EUR por vivienda para todas las actu aciones. Se exceptúa de lo anterior, las actuaciones de mejoras de accesibilidad en edificios unifamiliares, que conlleven la implantación de ascensor, en que el importe máximo subvencionable será de 13.000 EUR por todas las actuaciones.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

1. 2. Las personas físicas o jurídicas que abran un establecimiento comercial o de restauración en planta baja, en el ámbito territorial delimitado por el Programa de Mejora del Barrio de San Agustín.

3. Los propietarios o, en su caso, los usufructuarios de edificios de uso residencial, construidos con anterioridad al 31 de diciembre de 1980.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Apertura de nuevos establecimientos comerciales.

2. Reforma en los establecimientos comerciales existentes.

3. Rehabilitación de elementos comunes de edificios de uso residencial.

Documentos asociados

Boletín: 13/01/2012
BO Provincia de Barcelona- Nº
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 02/02/2012
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6058
Documento: Convocatoria 2012. Descargar Documento