Subvenciones especificas a grandes proyectos de cooperacion internacional al desarrollo en red que realicen organizaciones no gubernamentales para el desarrollo (ONGD), a ejecutar en el exterior, Convocatoria para el año 2008.

Código de ayuda:

S23555/08

Norma:

RESOLUCION de 22 de agosto de 2008. ORDEN de 28 de marzo del 2008.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 03/06/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar subvenciones específicas a organizaciones no gubernamentales para el desarrollo (ONGD), para la cofinanciación de grandes proyectos de cooperación al desarrollo en red, mediante agrupaciones de dos o más ONGD, a ejecutar en países y poblaciones estructuralmente empobrecidos considerados prioritarios.

Aprobar las bases por las que se regula esta convocatoria, que se incluyen como Anexo I de la presente orden.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Conselleria de Inmigración y Ciudadanía (Comunidad Valenciana)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las ONGD solicitantes de la subvención deberán acreditar su experiencia en la realización de proyectos en el país y el sector o sectores del proyecto, mediante el aporte de documentos justificativos de la ejecución, individualmente o en agrupación con otras ONGD, de seis proyectos de cooperación, tanto en dicho país como en el sector o sectores de intervención.

Dicho requisito será exigible para todas las ONGD que participen en la agrupación para el trabajo en red.

Se exime de la acreditación de la experiencia a aquellas ONGD que hayan obtenido subvención para la realización de al menos dos proyectos de cooperación internacional en anteriores convocatorias de
subvenciones del programa de cooperación al desarrollo de la Generalitat, tanto en el país para el que se solicita la subvención, como en el sector o sectores de intervención.

En todos los casos, las ONGD deberán disponer de los medios y la capacidad suficientes para realizar las actividades del proyecto para el que se solicita subvención, en particular, los relativos a los recursos
humanos, la presencia en las regiones y países de actuación, y la acreditada experiencia en los sectores de intervención.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

No se consideran incluidos en esta convocatoria los proyectos que tengan como objeto la acción humanitaria, ni los de carácter asistencial que no puedan asegurar su viabilidad cuando cese la financiación
externa.

El proyecto se presentará por una de las ONGD participantes en la agrupación para el trabajo en red, que será la responsable, ante la Generalitat, de la ejecución del proyecto en todas sus fases y su principal
interlocutora.

Requisitos:

Las ONGD que presenten proyectos a esta convocatoria, ya sean ONGD líder o miembro de la agrupación, deberán acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 5 del Decreto 201/1997, de 1 de julio, del Consell de la Generalitat, sobre regulación de las bases para la cooperación internacional al desarrollo y del régimen específico de transferencias de fondos destinados a la cooperación con países en vías de desarrollo. Asimismo, la agrupación de ONGD deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Entre ellos, será requisito imprescindible para acceder a las subvenciones que las ONGD, ya sean líderes o miembros de la agrupación, dispongan de sede central o delegación permanente, real y efectiva, en el territorio de la Comunitat Valenciana, con presencia y estructura en el mismo. La sede o delegación de la ONGD líder de la agrupación asumirá la responsabilidad directa en todos los aspectos relacionados con la ejecución del proyecto, a través de la designación de un representante en la misma, que será considerado como interlocutor válido, a fin de mantener una relación continua y directa a estos efectos con el personal técnico y administrativo de la Dirección General de Cooperación al Desarrollo y Solidaridad.

De acuerdo con la normativa vigente, las ONGD solicitantes de las subvenciones establecidas a través de esta convocatoria y las que formen parte de la agrupación, deberán encontrarse al corriente en el
cumplimiento de sus obligaciones con la Generalitat, surgidas como consecuencia de la financiación de proyectos en años anteriores.

Como consecuencia de lo previsto en el apartado anterior, no serán admitidos en la presente convocatoria los proyectos presentados por entidades que no hayan aportado en tiempo y forma la documentación
justificativa de las subvenciones recibidas en anteriores ejercicios, o que se encuentren en procedimiento de reintegro por vía ejecutiva.

Documentos asociados

Boletín: 04/04/2008
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5735
Documento: Bases, Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 03/09/2008
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5841
Documento: Resolución de concesión, convocatoria 2008 Descargar Documento