Subvenciones en régimen de especial concurrencia para entidades locales adheridas al Sistema Integral de Calidad Turística en Destinos (SICTED).

Código de ayuda:

S57164/21

Norma:

Orden de 24 de junio de 2021. Orden de 2 de noviembre de 2021.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 26 de noviembre de 2021.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Financiar los gastos generados en el año 2021 y primer trimestre de 2022 acreditados como consecuencia de una o varias de estas acciones:

La asistencia recibida a destinos y servicios turísticos adheridos tanto con la participación en las jornadas de sensibilización como en las de reciclaje y asistencia que hayan sido precisas (Asesor/Formador). El asesoramiento y apoyo en el seguimiento de ciclos a través de las Asistencias Técnicas Individuales y Colectivas.

La realización de las evaluaciones ordinarias de distinción dentro del Sistema Integral de Calidad Turística en Destinos SICTED a los servicios turísticos de los destinos. (Evaluador).

Las evaluaciones de buenas prácticas avanzadas para la prevención del contagio del Covid-19. (Evaluador).

Categorías Subvención

  • Calidad
  • Corporaciones Locales
  • Turismo y Hostelería

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Presidencia, Turismo, Juventud, Deportes y Portavocia. (Región de Murcia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones convocadas por la presente Orden las entidades locales de la Región de Murcia, adheridas a la fecha de solicitud al Sistema Integral de Calidad Turística en Destinos (SICTED) que, obviamente, han firmado el correspondiente protocolo de adhesión.

Requisitos:

Serán requisitos generales para obtener la condición de beneficiario de las subvenciones previstas en la presente resolución, además de los reflejados en el artículo 5 de esta convocatoria, los establecidos en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en particular:

a) Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Agencia Tributaria de la Región de Murcia.

b) Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias frente a la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

c) Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones ante la Tesorería General de la Seguridad Social.

d) Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones. Los citados requisitos deberán acreditarse ante el órgano concedente, en todo caso, en el momento anterior a dictarse la propuesta de resolución de concesión. La acreditación de este extremo se realizará mediante declaración responsable y los documentos acreditativos.

De conformidad con el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, salvo que conste en el procedimiento su oposición expresa o la ley especial aplicable requiera consentimiento expreso, se entiende otorgado el consentimiento para que el órgano administrativo competente consulte de forma electrónica o por otros medios, a esta Administración Pública, otras Administraciones o Entes, los datos personales necesarios para la resolución de este procedimiento, en especial, los que acrediten los requisitos mencionados en los
apartados a), b), c) y d) del apartado anterior.

En caso de no conceder autorización a la administración, el interesado queda obligado a aportar los datos/documentos relativos al procedimiento junto a la solicitud.

Documentos asociados

Boletín: 07/07/2021
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 154
Documento: Bases Reguladoras 2021 Descargar Documento
Boletín: 05/11/2021
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 256
Documento: Convocatoria 2021 (Extracto) Descargar Documento
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