Subvenciones en régimen de concurrencia pública.

Código de ayuda:

S65464/19

Norma:

RESOLUCIÓN de 19 de diciembre de 2019.

Plazo de Solicitud:

Consultar programa.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

- Subvenciones a la movilidad de autores/as (escritores/as y ilustradores/as) de literatura catalana y aranesa fuera del dominio lingüístico de ambas lenguas.

Las presentes bases tienen por objeto regir, por una parte, la concesión de subvenciones a autores/as
(escritores/as e ilustradores/as) para la realización de actividades culturales abiertas al público de difusión de la literatura en lengua catalana o en lengua occitana (en su variedad aranesa), fuera del dominio lingüístico de ambas lenguas. Y también, por otra parte, la concesión de subvenciones a escritores/as para la asistencia a residencias de creación internacionales. En ambos casos (actividades culturales y residencias de creación), lasLas presentes bases tienen por objeto regir, por una parte, la concesión de subvenciones a autores/as (escritores/as e ilustradores/as) para la realización de actividades culturales abiertas al público de difusión de la literatura en lengua catalana o en lengua occitana (en su variedad aranesa), fuera del dominio lingüístico de ambas lenguas. Y también, por otra parte, la concesión de subvenciones a escritores/as para la asistencia a residencias de creación internacionales. En ambos casos (actividades culturales y residencias de creación), las personas solicitantes tienen que haber sido invitados y tendrán que realizar la actividad durante todo el año de
la convocatoria.

- Subvenciones para la realización de actividades de promoción exterior de la literatura catalana y aranesa.

Las presentes bases tienen por objeto regir la concesión de subvenciones para la realización de las
siguientes actividades de promoción exterior de la literatura catalana y aranesa que se realicen durante el año de la convocatoria:

a) Actos de promoción exterior de la literatura catalana y aranesa que tengan lugar fuera del dominio
lingüístico: festivales literarios internacionales, ferias de libro abiertas al público en general presentaciones y planes de promoción de obras traducidas. Quedan excluidas las actividades dentro del ámbito académico.

b) Textos de literatura catalana y aranesa que se publiquen traducidos en revistas culturales (papel y/o digitales) siempre que tengan difusión fuera del dominio lingüístico (números monográficos, dosieres especiales o artículos sueltos).

c) Actos de promoción exterior de obras ilustradas que se quieran publicar en cualquier lengua, salvo el catalán y el occitano en su variedad aranesa, y en las que el/la ilustrador/a sea una persona domiciliada en Cataluña o en las Islas Baleares.

- Subvenciones para la publicación en el extranjero de obras ilustradas.

Las presentes bases tienen por objeto regir la concesión de subvenciones para la financiación de los gastos correspondientes a la remuneración del/de la ilustrador/a de obras ilustradas, siempre y cuando la obra cumpla las siguientes características:

- Que sea publicada en una lengua distinta a la catalana y/u occitana (en su variedad aranesa).

- Que la obra sea publicada y distribuida en el extranjero.

- Que la publicación de la obra sea resultado de un contrato entre la editorial que publica la edición original y la/las editorial/les que adquiere/n los derechos (salvo en el caso de la modalidad de obras por encargo)

1 Que sea publicada en soporte libro impreso

2 Que cuente con distribución comercial

3 Que la autoría de la ilustración y del texto sea identificada

4 Que el ilustrador/a sea una persona domiciliada en Cataluña o las Islas Baleares.

- Subvenciones para la traducción de obras literarias y de pensamiento originales en lengua catalana y occitana (en su variedad aranesa).

Las presentes bases tienen por objeto la concesión de subvenciones para la traducción de obras originales en lengua catalana y occitana (en su variedad aranesa) correspondientes a las siguientes modalidades: narrativa, poesía, teatro, novela gráfica y pensamiento (no ficción y humanidades).

- Subvenciones para residencias de traductores/as de la literatura catalana.

Las presentes bases tienen por objeto regir la concesión de ayudas a traductores/as que estén trabajando
en la traducción de obras de la literatura catalana para residencias en Cataluña de entre dos y seis semanas. El objetivo de la estancia es trabajar en la traducción en curso.

- Subvenciones para la traducción de fragmentos y la elaboración de dossieres de obras de literatura catalana y aranesa para envíos al extranjero.

Las presentes bases tienen por objeto regir la concesión de subvenciones para la traducción de fragmentos
y la elaboración de dosieres de obras de literatura catalana y aranesa para envíos al extranjero que se realicen durante el año de la convocatoria.

- Subvenciones para la subtitulación de producciones audiovisuales producidas en Cataluña.

Las presentes bases tienen por objeto regir la concesión de subvenciones para la subtitulación de
producciones audiovisuales producidas en Cataluña para favorecer e impulsar la presencia en el exterior de la creación cinematográfica de Cataluña.

- Subvenciones a la movilidad para llevar a cabo actividades fuera de Cataluña en el ámbito de las artes visuales, el diseño y la arquitectura.

Las presentes bases tienen por objeto regir la concesión de subvenciones a la movilidad para llevar a cabo actividades fuera de Cataluña en el ámbito de las artes visuales, el diseño y la arquitectura durante el año de la convocatoria, que contribuyan a la difusión en el exterior de la creación catalana.

- Subvenciones para la movilidad de artistas para actuaciones y/o giras de espectáculos fuera de Cataluña en el ámbito de las artes escénicas.

Las presentes bases tienen por objeto regir la concesión de subvenciones para la movilidad de artistas para actuaciones y/o giras de espectáculos fuera de Cataluña en el ámbito de las artes escénicas que contribuyan a la presencia de la creación cultural de Cataluña en el exterior, siempre y cuando se reciba contraprestación económica (caché/taquilla).

- Subvenciones para la movilidad de artistas para actuaciones y/o giras fuera de Cataluña en el ámbito de la música.

Las presentes bases tienen por objeto regir la concesión de subvenciones para la movilidad de artistas para actuaciones y/o giras fuera de Cataluña en el ámbito de la música que contribuyan a la presencia de la creación cultural de Cataluña en el exterior, siempre y cuando se reciba contraprestación económica
(caché/taquilla).

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Instituto Ramón Llull (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

- Subvenciones a la movilidad de autores/as (escritores/as y ilustradores/as) de literatura catalana y aranesa fuera del dominio lingüístico de ambas lenguas.

La cuantía destinada a cada subvención será como mínimo del 80% de los gastos subvencionables establecidos en la base 5, hasta un máximo de 3.000,00 euros por persona solicitante y año.

- Subvenciones para la realización de actividades de promoción exterior de la literatura catalana y aranesa.

La cuantía destinada a cada subvención puede ser de hasta el 100% de la actividad subvencionada.

- Subvenciones para la publicación en el extranjero de obras ilustradas.

La cuantía destinada a cada subvención puede ser de hasta el 100% de los gastos subvencionables establecidos en la base 5 con un importe máximo de 1.500,00 euros por cada solicitud.

- Subvenciones para la traducción de obras literarias y de pensamiento originales en lengua catalana y occitana (en su variedad aranesa).

La cuantía destinada a cada subvención puede ser de hasta el 100% de los gastos subvencionables.

- Subvenciones para residencias de traductores/as de la literatura catalana.

El importe destinado a cubrir los gastos de manutención durante la estancia es de 250,00 euros semanales.

- Subvenciones para la traducción de fragmentos y la elaboración de dossieres de obras de literatura catalana y aranesa para envíos al extranjero.

La cuantía destinada a cada subvención puede ser de hasta el 100% de la actividad subvencionada.

- Subvenciones para la subtitulación de producciones audiovisuales producidas en Cataluña.

La cuantía destinada a cada subvención puede ser de hasta el 100% de los gastos subvencionables establecidos en la base 5. La cantidad máxima otorgada podrá ser de un importe máximo de 3.000,00 euros por largometraje (ficción, documental y animación) y documental de televisión, y de 1.000,00 euros por cortometraje.

- Subvenciones a la movilidad para llevar a cabo actividades fuera de Cataluña en el ámbito de las artes visuales, el diseño y la arquitectura.

La cuantía destinada a cada subvención puede ser de hasta el 100% de los gastos subvencionables establecidos en la base 5, hasta un máximo de 10.000,00 euros por autor/a.

- Subvenciones para la movilidad de artistas para actuaciones y/o giras de espectáculos fuera de Cataluña en el ámbito de las artes escénicas.

La cuantía destinada a cada subvención puede ser de hasta el 100% de los gastos subvencionables establecidos en la base 5, hasta un máximo de 8.000,00 euros por artista y convocatoria.

- Subvenciones para la movilidad de artistas para actuaciones y/o giras fuera de Cataluña en el ámbito de la música.

La cuantía destinada a cada subvención puede ser de hasta el 100% de los gastos subvencionables establecidos en la base 5, hasta un máximo de 8.000,00 euros por convocatoria y artista. En los casos de formaciones de 20 o más componentes, la cuantía destinada a cada subvención puede ser de hasta el 100% de los gastos subvencionables estipulados en la base 5 hasta un máximo de 15.000,00 euros por convocatoria y artista.

El importe máximo que puede conseguir cada artista en las convocatorias del Institut Ramon Llull en el caso de
presentar solicitud en diferentes disciplinas, es de un máximo de 15.000,00 euros, teniendo en cuenta los
importes máximos establecidos en cada una de las bases que rigen cada convocatoria.

El importe mínimo que se otorgará por solicitud -siempre y cuando se haya alcanzado la puntuación mínima establecida en la base 9- será de 600,00 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

- Subvenciones a la movilidad de autores/as (escritores/as y ilustradores/as) de literatura catalana y aranesa fuera del dominio lingüístico de ambas lenguas.

Pueden ser beneficiarias de estas subvenciones escritores/as e ilustradores/as de literatura catalana o
aranesa.

- Subvenciones para la realización de actividades de promoción exterior de la literatura catalana y aranesa.

Pueden ser beneficiarias de estas subvenciones las entidades que se indican en las bases específicas de
cada línea de subvenciones.

- Subvenciones para la publicación en el extranjero de obras ilustradas.

Pueden ser beneficiarias de estas subvenciones las editoriales, personas físicas empresarias o personas
jurídicas, públicas o privadas, españolas o extranjeras, que tengan programada la publicación o la coedición de obras ilustradas cuyo ilustrador/a sea una persona domiciliada en Cataluña y/o en las Islas Baleares.

- Subvenciones para la traducción de obras literarias y de pensamiento originales en lengua catalana y occitana (en su variedad aranesa).

Pueden ser beneficiarias de estas subvenciones las editoriales, personas físicas empresarias o personas
jurídicas, públicas o privadas, españolas o extranjeras, que tengan programada la traducción a otras lenguas de obras literarias y de pensamiento originales en lengua catalana occitana (en su variedad aranesa) durante el año de la convocatoria o el siguiente y hayan adquirido, a estos efectos, los derechos de edición para la publicación de la obra en soporte libro impreso y con distribución comercial, incluyendo necesariamente la venta en librerías.

- Subvenciones para residencias de traductores/as de la literatura catalana.

Pueden optar a estas subvenciones los/las traductores/as extranjeros/as que estén traduciendo una obra
de la literatura catalana (poesía, narrativa, teatro y no ficción), domiciliados en el extranjero, y que tengan un contrato en vigor con una editorial para traducir la obra.

- Subvenciones para la traducción de fragmentos y la elaboración de dossieres de obras de literatura catalana y aranesa para envíos al extranjero.

Pueden ser beneficiarias de esta línea de subvenciones las editoriales y las agencias literarias, personas físicas empresarias o personas jurídicas, públicas o privadas, españolas o extranjeras.

- Subvenciones para la subtitulación de producciones audiovisuales producidas en Cataluña.

Pueden optar a la subvención las empresas de producción audiovisual independientes que estén inscritas en
el Registro de Empresas Audiovisuales de Cataluña o en el Registro Administrativo de Empresas
Cinematográficas y Audiovisuales gestionado por el ICAA (Instituto de la Cinematografía y de las Artes
Audiovisuales) o las de un estado miembro de la Unión Europea o asociado al Espacio Económico Europeo y con establecimiento operativo en el Estado español.

- Subvenciones a la movilidad para llevar a cabo actividades fuera de Cataluña en el ámbito de las artes visuales, el diseño y la arquitectura.

Pueden ser beneficiarias de estas subvenciones las personas físicas o jurídicas que cumplan los requisitos establecidos en las presentes bases.

- Subvenciones para la movilidad de artistas para actuaciones y/o giras de espectáculos fuera de Cataluña en el ámbito de las artes escénicas.

Pueden ser beneficiarias de estas subvenciones las personas físicas empresarias o personas jurídicas que
cumplan los requisitos establecidos en las presentes bases.

- Subvenciones para la movilidad de artistas para actuaciones y/o giras fuera de Cataluña en el ámbito de la música.

Pueden ser beneficiarias de estas subvenciones las personas físicas empresarias o personas jurídicas que
cumplan los requisitos establecidos en las presentes bases.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

- Subvenciones a la movilidad de autores/as (escritores/as y ilustradores/as) de literatura catalana y aranesa fuera del dominio lingüístico de ambas lenguas.

- Subvenciones para la realización de actividades de promoción exterior de la literatura catalana y aranesa.

- Subvenciones para la publicación en el extranjero de obras ilustradas.

- Subvenciones para la traducción de obras literarias y de pensamiento originales en lengua catalana y occitana (en su variedad aranesa).

- Subvenciones para residencias de traductores/as de la literatura catalana.

- Subvenciones para la traducción de fragmentos y la elaboración de dossieres de obras de literatura catalana y aranesa para envíos al extranjero.

- Subvenciones para la subtitulación de producciones audiovisuales producidas en Cataluña.

- Subvenciones a la movilidad para llevar a cabo actividades fuera de Cataluña en el ámbito de las artes visuales, el diseño y la arquitectura.

- Subvenciones para la movilidad de artistas para actuaciones y/o giras de espectáculos fuera de Cataluña en el ámbito de las artes escénicas.

- Subvenciones para la movilidad de artistas para actuaciones y/o giras fuera de Cataluña en el ámbito de la música.

Documentos asociados

Boletín: 24/12/2019
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Documento: Bases Reguladoras 2020 Descargar Documento
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Documento: Convocatoria 2020: promoción exterior Descargar Documento
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Documento: Convocatoria 2020: residencias de traductores Descargar Documento