Subvenciones en régimen de concurrencia no competitivas, dirigidas al fomento de procesos de integración y fusión de entidades asociativas agroalimentarias de Andalucía.

Código de ayuda:

S07491/24

Norma:

Orden de 18 de abril de 2024. Orden de 30 de junio de 2020.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 30 de junio de 2024.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Se convoca para el ejercicio 2024, en la modalidad de concesión en régimen de concurrencia no competitiva, las siguientes líneas de subvenciones previstas en la Orden de 30 de junio de 2020, modificada por la Orden de 14 de julio de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitivas, dirigidas al fomento de procesos de integración y fusión de entidades asociativas agroalimentarias de Andalucía en la cuantía total máxima que se especifica, y con cargo a los créditos presupuestarios que se indican.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Desarrollo Rural

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural (Andalucía)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo por persona beneficiaria en cada una de las líneas de ayuda son los siguientes:

Línea 1: Doscientos mil euros (200.000 €).

Línea 2: Doscientos mil euros (200.000 €).

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias

Detalle beneficiarios:

Serán beneficiarios en ambas líneas de ayudas:

- Sociedades cooperativas agroalimentarias andaluzas.- Sociedades cooperativas agroalimentarias andaluzas de segundo grado.

- Sociedades agrarias de transformación, con sede social en Andalucía, integradas únicamente por titulares de algún derecho que lleve aparejado el uso o disfrute de explotaciones agrarias y por personas trabajadoras agrícolas.

- Entidades mercantiles siempre que más del cincuenta por ciento (50%) de su capital social pertenezca a algunas de las entidades citadas anteriormente. En el supuesto de que se trate de una sociedad anónima sus acciones deberán ser nominativas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Línea 1. Ayudas para el impulso y la promoción de la integración de las entidades asociativas agroalimentarias de Andalucía.

Línea 2. Ayudas para promover e impulsar la fusión de entidades asociativas agroalimentarias de Andalucía.

Documentos asociados

Boletín: 06/07/2020
- Nº 128
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 30/04/2024
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 83
Documento: Convocatoria 2024 Descargar Documento
Boletín: 30/04/2024
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 83
Documento: Convocatoria 2024 (Extracto) Descargar Documento