Subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, para proyectos incluidos en el programa de incubación espacial de Andalucía «ESA BIC Andalucía». (RPS:25870).

Código de ayuda:

S02800/26

Norma:

Resolución de 27 de enero de 2026.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 16 de febrero de 2026.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 30.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Es objeto de la subvención apoyar la creación y consolidación de proyectos de emprendimiento empresarial de carácter innovador en el ámbito espacial, que fomenten el desarrollo de tecnologías, productos y servicios en este sector en Andalucía.

Categorías Subvención

  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Consejería de Universidad, Investigación e Innovación (Andalucía)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Hasta el 50% de la financiación del proyecto presentado, con un límite de 30.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

a) Sociedades mercantiles
b) Personas físicas, que deberán incorporar en la solicitud una declaración responsable que recoja los detalles de estructura prevista y la distribución del accionariado.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán subvencionables aquellas actividades directamente relacionadas con la producción y con el desarrollo de proyectos innovadores en el ámbito espacial en Andalucía, y que fomenten la creación de tecnologías, productos y servicios dentro del sector espacial y que puedan ser cubiertos por el incentivo del ESA BIC Andalucía.

Se podrán subvencionar actividades como investigación y desarrollo en tecnologías y servicios espaciales, prototipo y pruebas de concepto, desarrollo de software y hardware específico para el sector espacial, servicios de consultoría y asesoramiento técnico y empresarial relacionado con el desarrollo del proyecto o actividades de promoción de la innovación espacial.

En concreto, serán subvencionables los siguientes gastos:
a) Gastos de personal directamente con el proyecto empresarial
- Retribuciones establecidas en convenio colectivo o normativa aplicable
- La indemnización por finalización del contrato para el servicio prestado a que se refiere el proyecto,
de acuerdo con el Estatuto de los Trabajadores
- Las cotizaciones sociales e impuestos a cargo de la persona trabajadora y la Seguridad Social a cargo
de la entidad

b) Gastos relacionados con el desarrollo del producto

c) Gastos de protección de la propiedad industrial e intelectual

d) Gastos de consultoría y asistencia técnica externa destinados de manera exclusiva al proyecto

e) Gastos de actividades de promoción de la innovación espacial

Requisitos:

a) Haber superado el proceso de selección del ESA BIC Andalucía, acreditado mediante la presentación de un certificado emitido y firmado por la Agencia Espacial Europea (ESA).

b) Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

Documentos asociados

Boletín: 14/08/2025
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 156 C1
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 02/02/2026
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 21
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