Subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva para proyectos de acompañamiento, asesoramiento e información en materia de prevención de riesgos laborales.

Código de ayuda:

S56628/18

Norma:

Orden de 29 de octubre de 2018.

Plazo de Solicitud:

A publicar en la correspondiente convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Promover la concienciación en materia de seguridad y salud laboral tanto de empresas, representantes
empresariales, personas trabajadoras, delegados y delegadas de prevención y representantes legales de las
personas trabajadoras, así como la información y el asesoramiento colectivo en materia de prevención de
riesgos laborales y facilitar la adquisición de conocimientos, habilidades y capacidades necesarias para
desarrollar la función que tienen en materia de seguridad y salud laboral, que redunden en la mejora de
las condiciones de seguridad y salud laboral de la población laboral y el tejido empresarial andaluz.

Categorías Subvención

  • Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
  • Comercio
  • Formación
  • Prevención Riesgos Laborales

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Consejería de Empleo, Empresa y Comercio (Andalucía)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Organizaciones sindicales

1.- Organizaciones sindicales de carácter intersectorial que reúnan la condición de más representativas a nivel de Andalucía de acuerdo con lo establecido en el artículo 7 de la Ley Orgánica 11/85, de 2 de agosto, de Libertad Sindical: cuantía máxima a conceder 145.000 euros

2.- Organizaciones sindicales de carácter intersectorial que no reúnan la condición de más representativas a nivel de Andalucía de acuerdo con lo establecido en el artículo 7 de la Ley Orgánica 11/85, de 2 de agosto, de Libertad Sindical: la cuantía se establecería en función de su representatividad con base en la siguiente escala:

con representatividad < 15% y => 10% máximo 30.000 euros

con representatividad < 10% y => 5% máximo 15.000 euros

con representatividad <5% y => 3 % máximo 5.000 euros

con representatividad <3% y > 1% máximo 3000 euros

En todo caso se exige una representatividad mínima del 1% para solicitar las subvenciones en función de la carga organizativa necesaria para una eficaz puesta en práctica de las actividades subvencionables por parte de las entidades beneficiarias.

Organizaciones empresariales.

1. Organizaciones empresariales de carácter intersectorial que reúnan la condición de más representativas a nivel de Andalucía, que tengan entre sus fines estatutarios la representación, promoción y defensa de los intereses empresariales en materia de prevención de riesgos laborales, y conforme a la Disposición Adicional Sexta del Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre: cuantía máxima a conceder 145.000 euros.

2. Organizaciones empresariales de carácter intersectorial que reúnan la condición de más representativas a nivel provincial en Andalucía, que tengan entre sus fines estatutarios la representación, promoción y defensa de los intereses empresariales en materia de prevención de riesgos laborales, y conforme a la Disposición Adicional Sexta del Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre: cuantía máxima a conceder 20.000 euros.

3. Organizaciones empresariales de carácter intersectorial que no reúnan la condición de más representativas a nivel de Andalucía, que tengan entre sus fines estatutarios la representación, promoción y defensa de los intereses empresariales en materia de prevención de riesgos laborales, y conforme a la Disposición Adicional Sexta del Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre: cuantía máxima a conceder 5.000 euros.

4. Organizaciones empresariales de carácter intersectorial que no reúna más representativas a nivel provincial en Andalucía, que tengan entre sus fines estatutarios la representación, promoción y defensa de los intereses empresariales en materia de prevención de riesgos laborales, y conforme a la Disposición Adicional Sexta del Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre: cuantía máxima a conceder 3.000 euros.

En todo caso recaerá sobre las organizaciones empresariales señaladas en los apartados 3 y 4 la carga probatoria de la representatividad conforme a lo establecido en el artículo 87.3c) del Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales

Detalle beneficiarios:

- Organizaciones sindicales de carácter intersectorial, que conforme a la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de
agosto, de Libertad Sindical, tengan representatividad en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

- Organizaciones empresariales intersectoriales de ámbito autonómico o provincial, sin ánimo de lucro,
que tengan entre sus fines estatutarios la representación, promoción y defensa de los intereses
empresariales en materia de prevención de riesgos laborales, y que hayan sido constituidas al amparo de
la Ley 19/1977, de 1 de abril, sobre regulación del derecho de asociación sindical.

En todo caso se establece una representatividad mínima para solicitar las subvenciones en función de la
carga organizativa necesaria para una eficaz puesta en práctica de las actividades subvencionables por
parte de las entidades beneficiarias conforme a lo establecido en el apartado 4.a)2º.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Proyectos en materia de prevención de riesgos laborales que articulen programas de asesoramiento dirigidos
a empresas, representantes empresariales, personas trabajadoras, delegados y delegadas de prevención y
representantes legales de las personas trabajadoras, que se desarrollen a través de visitas a empresas.
Quedan excluidos los programas y proyectos destinados a empresas públicas y al personal al servicio de las
administraciones públicas.

Los proyectos a subvencionar deberán desarrollar acciones dirigidas a la consecución de los objetivos
operacionales, y a los sectores o actividades económicas que se recojan en las respectivas convocatorias,
teniendo en cuenta aquellas áreas de actuación contempladas como prioritarias en los respectivos Planes
de Actuación que se deriven de la Estrategia Andaluza de Seguridad y Salud en el Trabajo 2017/2022, o en
función de los datos que arrojen las encuestas de condiciones de trabajo y de gestión preventiva que
elabora el Instituto Andaluz de Prevención de Riesgos Laborales.

Documentos asociados

Boletín: 09/11/2018
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 217
Documento: Bases Reguladoras 2018 Descargar Documento