Subvenciones, en regimen de concurrencia no competitiva, para la renovacion de cubiertas con pizarra, y se procede a su convocatoria para el año 2012.

Código de ayuda:

S22555/12

Norma:

ORDEN de 8 de junio de 2012.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/07/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La renovación de cubiertas con pizarra en viviendas unifamiliares y edificios de viviendas sitos en la Comunidad Autónoma de Galicia, consiguiendo mejoras significativas en la demanda energética de los edificios con el consiguiente ahorro en términos económicos.

Categorías Subvención

  • Medio Ambiente y Energía
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Economía, Empleo e Industria (Galicia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las personas titulares de la vivienda unifamiliar o de un derecho real o de alquiler que permita acometer las actuaciones objeto de las ayudas sobre las
mismas y las comunidades de propietarios de edificios de viviendas en régimen de propiedad horizontal, siempre que los inmuebles se sitúen en la Comunidad Autónoma de Galicia.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. La actuación subvencionable será la renovación de cubiertas de viviendas o edificios de viviendas por una cubierta de pizarra.

2. La renovación tiene que cumplir o mejorar las exigencias mínimas que fija el Código técnico de la edificación en el documento «DB HE-1 Limitación de la demanda energética».

3. Con carácter general, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 29 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, se consideran gastos subvencionables aquellos que de manera indudable respondan a la naturaleza de la actividad subvencionable.

Los gastos subvencionables deberán estar realizados, y efectivamente pagados, entre el 1 de enero de 2012 y la fecha de justificación establecida en el artículo 15.

Se considerarán costes subvencionables aquellos gastos que se generen y que sean directamente imputables a las actuaciones de renovación de cubiertas, en concreto:

– Costes de materiales de las nuevas cubiertas de pizarra. La pizarra pertenecerá en su calidad comercial la primera selección.
– Costes de desmontaje de las cubiertas existentes.
– Costes de montaje de las nuevas cubiertas de pizarra.
– Costes de proyectos de arquitectura o ingeniería en la parte correspondiente a las actuaciones a subvencionar.
– Costes de licencias.

Costes no subvencionables:

– Los gastos y costes financieros, como consecuencia de la inversión.
– Los gastos realizados en bienes usados.

El impuesto sobre el valor añadido (IVA) se subvencionará cuando no sea susceptible de recuperación o compensación.

Documentos asociados

Boletín: 19/06/2012
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 116
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2012 y Anexos Descargar Documento