Subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para la comercialización y difusión de proyectos y obras audiovisuales y videojuegos en foros de negocio especializados y eventos de cine.- Convocatoria 2024.

Código de ayuda:

S03700/23

Norma:

RESOLUCIÓN de 21 de diciembre de 2022. RESOLUCIÓN de 15 de febrero de 2023. RESOLUCIÓN de 2 de febrero de 2024.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 1 de noviembre de 2024, o hasta el agotamiento de los créditos.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Determinar las condiciones de concesión, en régimen de concurrencia no competitiva para la comercialización y difusión de contenidos audiovisuales y de videojuegos gallegos en foros de negocio especializados y eventos de cine que se celebran fuera de Galicia y se convocan para el año 2024.

Categorías Subvención

  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones
  • Equipamientos informáticos y Tecnología

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Agencia Gallega de las Industrias Culturales. (Galicia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser personas beneficiarias las siguientes:

Modalidad A. Asistencia a foros de negocio especializados. Las personas físicas (autónomas) y jurídicas privadas que estén constituidas como empresa productora audiovisual o de videojuegos, y/o distribuidora audiovisual, que desarrollen su actividad en el campo audiovisual o de videojuegos gallego bajo los epígrafes 961.1, 962.1 del IAE, y 582.1, 620 de la CNAE, participen en alguno de los foros de negocio especializados que se relacionan en la base siguiente y puedan acreditar haber realizado el registro oficial en el mismo.

Modalidad B. Participación en eventos de cine.

1. Las personas físicas (autónomas) y jurídicas privadas que estén constituidas como empresa productora bajo el epígrafe 961.1 del IAE y puedan acreditar un mínimo de un 20 % de propiedad de la obra y participen en alguno de los eventos de cine, fuera de Galicia, que se relacionan en la base siguiente.

2. Las personas físicas que figuren como director o directora de la obra, cuando el objeto de la subvención sea la participación del filme en algún evento de cine de los indicados en la base siguiente siempre que se pueda acreditar la selección oficial en el mismo.

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