Subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para contribuir a sufragar los costes de alquiler de los establecimientos de ocio nocturno de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Código de ayuda:

S55182/20

Norma:

ORDEN de 26 de octubre de 2020.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 27 de noviembre de 2020.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 20.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de esta orden es establecer las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para contribuir a sufragar los gastos de alquiler de los establecimientos de ocio nocturno de la Comunidad Autónoma de Galicia durante el período en el que permanecieron cerrados en aplicación de la Orden de 15 de agosto de 2020 de la Consellería de Sanidad y proceder a su convocatoria para el año 2020.

Categorías Subvención

  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Cultura y Turismo (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

I. Importes de más de 7.500 euros de alquiler mensual con el límite máximo de 20.000 euros de ayuda por solicitud.

II. Importes entre 5.000 y 7.500 euros de alquiler mensual con el límite máximo de 10.000 euros de ayuda por solicitud.

III. Importes entre 2.500 y 5.000 euros de alquiler mensual con el límite máximo de 5.000 euros de ayuda por solicitud.

IV. Importes de menos de 2.500 euros de alquiler mensual con el límite máximo de 2.500 euros de ayuda por solicitud.

El crédito correspondiente a cada tramo es el siguiente:

I. 440.000 euros.

II. 440.000 euros.

III. 660.000 euros.

IV. 660.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las personas físicas y jurídicas que ejerzan, a título de arrendatario, la explotación económica de un establecimiento de ocio nocturno, que sean titulares de un contrato de alquiler, y resulten afectados por la paralización de esta a consecuencia de las medidas adoptadas para la prevención y contención de la evolución del brote de COVID-19.

Documentos asociados

Boletín: 27/10/2020
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 216
Documento: Bases, Convocatoria 2020 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 27/10/2020
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 216
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento