Subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para compensar las pérdidas por la cancelación de espectáculos y actividades culturales con motivo de la COVID-19, para el año 2020.

Código de ayuda:

S57728/20

Norma:

DECRETO LEY 38/2020, de 3 de noviembre. RESOLUCIÓN CLT/2815/2020, de 5 de noviembre. RESOLUCIÓN CLT/3335/2020, de 15 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 10 de diciembre de 2020.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 25.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Abrir la convocatoria para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para
compensar las pérdidas por cancelación de espectáculos y actividades culturales con motivo de la COVID-19,
para el año 2020.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Cultura (Cataluña)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

a) Personas físicas empresarias, sociedades civiles y mercantiles, y entidades privadas sin ánimo de lucro, que su ámbito de actuación principal tenga incidencia en Cataluña, que realizan actividades culturales remuneradas y cumplen alguno de los requisitos siguientes:

a.1) Que tenían comprometida, aprobada o programada unas o más actuaciones profesionales de artes
escénicas o música en espacios escénicos o musicales, o bien al aire libre, como actuación o dirección artística o para la realización de los trabajos técnicos del espectáculo. Se excluyen las actuaciones en festivales de música, que ya tienen una línea de subvenciones específica.

a.2) Que habían sido contratadas o tenían compromisos de las entidades organizadoras para desarrollar
proyectos profesionales de artes visuales en equipamientos públicos o privados.

a.3) Que habían sido contratadas por museos inscritos en el Registro de museos de Cataluña, equipamientos
patrimoniales, equipamientos que programen actividades de difusión literaria, archivos y bibliotecas para
realizar servicios educativos, , talleres, lecturas, trabajos de digitalización, consultorías, trabajos de gestión documental y archivística y restauración de documentos u otras actividades propias de estos equipamientos culturales.

a.4) Que habían sido contratadas por entidades públicas o privadas para realizar trabajos de intervención
arqueológica o paleontológica.

a.5) Que habían sido contratadas o tenían el compromiso firmado de los propietarios de bienes culturales
muebles o de elementos arqueológicos y artísticos integrados en el patrimonio inmueble de titularidad pública o privada para llevar a cabo su restauración.

a.6) Que tenían un encargo para realizar traducciones y correcciones de textos en catalán o aranés.

b) Entidades sin ánimo de lucro con domicilio en Cataluña que organizan actividades culturales y que cumplen alguno de los requisitos siguientes:

b.1) Que tenían previsto organizar actividades y festivales de cultura popular con público que ha abonado una entrada.

b.2) Que tenían previsto organizar actividades relacionadas o vinculadas con el patrimonio cultural con público que tiene que pagar una entrada, festivales y acontecimientos similares de artes escénicas o literarios con entrada de pago, o bien festivales y acontecimientos similares de artes visuales o de difusión de la lengua con patrocinios u otras aportaciones privadas para la actividad.

Requisitos:

a) Se tiene que acreditar de manera fehaciente las actividades o espectáculos culturales para los cuales había sido contratada o a los cuales se había comprometido, o los servicios para los cuales había sido contratada o que tenía comprometidos.

b) Las actividades que dan derecho a la subvención tienen que haber sido canceladas por la entidad o empresa organizadora.

c) Estas subvenciones son compatibles con las líneas de subvenciones de la Oficina de Apoyo a la Iniciativa Cultural y del Instituto Catalán de las Empresas Culturales siguientes:

c.1) Subvenciones para gastos estructurales de entidades afectadas por el cese de la actividad cultural a causa del estado de alarma con motivo de la COVID-19, publicadas mediante la Resolución CLT/1030/2020, de 11 de mayo (DOGC 8135, de 18.5.2020).

c.2) Subvenciones para los gastos de funcionamiento de empresas y entidades culturales durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, publicadas mediante la Resolución CLT/1073/2020, de 18 de mayo (DOGC 8138, de 21.05.2020).

También son compatibles con otras subvenciones de la Oficina de Apoyo a la Iniciativa Cultural para la misma finalidad, siempre que el importe de las ayudas concedidas no supere el importe de las pérdidas de ingresos objeto de las ayudas.

d) Estas subvenciones son compatibles con otras ayudas, subvenciones e ingresos para la misma finalidad
procedentes de otros departamentos de la Generalidad o de otros entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, siempre que el importe de las ayudas concedidas no supere el importe de las pérdidas de ingresos objeto de las ayudas.

e) Los espectáculos o actividades culturales cancelados que se habían previsto realizar pueden ser tanto
de dentro del territorio de Cataluña como de fuera.

f) Los espectáculos o actividades culturales cancelados se tienen que haber previsto realizar durante el periodo que determine la convocatoria de subvenciones correspondiendo.

g) En los supuestos que constan al apartado a.1 de la base 2 referidos a compañías, grupos u orquestas, se condiciona la subvención a compensar a cada miembro del grupo en la parte que corresponde a su caché, si procede.

Documentos asociados

Boletín: 05/11/2020
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8264
Documento: Medidas urgentes COVID-19 Descargar Documento
Boletín: 11/11/2020
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8268
Documento: Convocatoria 2020 Descargar Documento
Boletín: 22/12/2020
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8301
Documento: Ampliación dotación Descargar Documento