Subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva dirigidas al fomento del empleo de personas drogodependientes o afectadas por otras adicciones en proceso de incorporación social, «Programa Arquímedes», en el ámbito de las competencias de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales.- Convocatoria 2017.

Código de ayuda:

S39946/16

Norma:

Orden de 6 de octubre de 2016. Orden de 9 de junio de 2017. Orden de 15 de junio de 2018.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 31 de octubre de 2017

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Constituye el objeto de esta línea de subvención la contratación de personas drogodependientes o afectadas por otras adicciones en proceso de incorporación social, con la finalidad de facilitar el acceso de éstas al mercado laboral, incentivando su incorporación y estabilidad en el empleo mediante contratos de trabajo de carácter temporal o indefinido.

Categorías Subvención

  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Empleo
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación (Andalucía)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

- Por cada contrato indefinido a tiempo completo: 8.414 euros.

- Por cada contrato temporal y a tiempo completo:

a) Con una duración mínima de un año: 7.212 euros.

b) Con una duración mínima de seis meses: 3.606 euros.

c) Con una duración mínima de tres meses: 1.622 euros.

- Por cada contrato a tiempo parcial el importe de la ayuda se calculará de forma proporcional a las cuantías previstas en los apartados anteriores, siempre que la jornada sea al menos del 40% de la establecida para como jornada completa en el convenio y sector correspondientes.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades deportivas
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas
  • Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Podrán solicitar las subvenciones objeto de las presentes bases reguladoras las siguientes personas o entidades:

- Las personas físicas o jurídicas titulares de empresas legalmente constituidas.

- Las Entidades sin ánimo de lucro.

- Las Administraciones Públicas y Entidades públicas de ellas dependientes.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La contratación por parte de personas físicas o jurídicas legalmente constituidas, entidades sin ánimo de
lucro o Administraciones Públicas o Entidades públicas vinculadas o dependientes de las mismas, de personas
drogodependientes o afectadas por otras adicciones en proceso de incorporación social que se encuentren en
seguimiento en cualquiera de los siguientes recursos:

- Recurso de la Red de Drogodependencias y Adicciones, público o privado concertado con la Consejería
de Igualdad y Políticas Sociales.

- Asociaciones de Drogodependencias y Adicciones sin ánimo de lucro, a través de los recursos regulados en el apartado anterior, y cuya actividad principal sea la atención a personas con problemas de drogodependencias y adicciones y siempre que estén inscritas en el Registro de Entidades, Servicios y Centros de Servicios Sociales.

Requisitos:

a) Que la contratación se produzca para el desarrollo de una actuación en el ámbito de la Comunidad
Autónoma de Andalucía.

b) En el caso de tratarse de Entidades de drogodependencias sin ánimo de lucro, cuya actividad principal
sea la atención a personas con problemas de drogodependencias, estar inscritas en el Registro de Entidades,
Servicios y Centros de Servicios Sociales dependiente de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales.

c) Para el caso de las Fundaciones que desarrollen principalmente sus funciones en Andalucía, tener los
estatutos o su modificación debidamente presentados en el Registro de Fundaciones de Andalucía, en aplicación de lo dispuesto en la disposición transitoria primera, puntos 1 y 3 en relación con el artículo 40 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Documentos asociados

Boletín: 11/10/2016
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 196
Documento: Bases Reguladoras 2016 Descargar Documento
Boletín: 16/06/2017
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 114
Documento: Convocatoria 2017 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 16/06/2017
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 114
Documento: Convocatoria 2017 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 20/06/2018
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 118
Documento: Modificación Bases Descargar Documento