Subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas a dotar de pabellón deportivo público a las Entidades Locales de Andalucía.

Código de ayuda:

S33819/18

Norma:

Orden de 20 de junio de 2018. Orden de 24 de julio de 2018.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 18 de septiembre de 2018.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas a las Entidades Locales
de Andalucía detalladas en el apartado 4.a).1º de este Cuadro-Resumen, con la finalidad de dotar de un
pabellón deportivo público, en función de su número de habitantes, a los municipios que carezcan del mismo.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Creación nuevas empresas
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Consejería de Turismo y Deporte (Andalucía)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades deportivas
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Municipios u Organismos Autónomos o Agencias Públicas Administrativas Locales, en los que la entidad local tenga delegada sus competencias, conforme a lo dispuesto en la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local y Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía, y Entidades Locales Autónomas, de acuerdo estas últimas con lo dispuesto en el instrumento de creación o en sus posteriores modificaciones, a través de sus respectivos órganos de gobierno y administración.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La construcción del pabellón deportivo cubierto deberá cumplir, como mínimo, con la normativa sobre
Instalaciones Deportivas y de Esparcimiento del Consejo Superior de Deportes del Ministerio competente en
materia de deporte (NORMAS NIDE), y en concreto las condiciones de diseño y tipología de las salas y
pabellones denominados Salas de Barrio (SB)(NORMA NIDE 1. Normas de Proyecto de Campos Pequeños; APARTADO 6.2. Condiciones de diseño. Tipologías de Salas y Pabellones. Tipología SB).

Requisitos:

- La Entidad Local deberá contar con una población igual o superior a 7.500 habitantes.

- Poseer la titularidad efectiva de los terrenos sobre los que se ubicarán las instalaciones deportivas, que deberán estar urbanizados y dotados de los servicios básicos de agua, electricidad y alcantarillado, así como libres de cargas y gravámenes y con las calificaciones urbanísticas y los servicios básicos necesarios para que puedan ejecutarse en los plazos establecidos y conforme a la legalidad vigente, en el momento de la solicitud de la subvención.

Documentos asociados

Boletín: 27/06/2018
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 123
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