Subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas al desarrollo e implantación de soluciones digitales con aplicación sectorial en el marco del proyecto «Redes de Emprendimiento Digital» enAndalucía, correspondiente al Programa Redes Territoriales de Especialización Tecnológica (RETECH) del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU.
Código de ayuda:
S29428/25Norma:
Orden de 14 de octubre de 2025.Plazo de Solicitud:
A establecer en la correspondiente convocatoria.¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Aproximadamente 30.000 €
Finalidad u objetivo de la ayuda:
La presente orden tiene como objeto establecer las bases reguladoras para la concesión de subvenciones enrégimen de concurrencia no competitiva destinadas al desarrollo e implantación de soluciones digitales con aplicación sectorial en el marco del proyecto “Redes de Emprendimiento Digital” en Andalucía, correspondiente al programa Redes Territoriales de Especialización Tecnológica (RETECH) del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea – Next Generation EU (C13I1). Las subvenciones que se concedan al amparo de esta orden se incardinan en la Inversión I1 «Emprendimiento» del Componente 13, «Impulso a la PYME», del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y están financiadas por el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la Unión Europea, regulado en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021.
Categorías Subvención
Creación nuevas empresas
Equipamientos informáticos y Tecnología
Inversiones Materiales y Equipos
Localización del organismo gestor
AndalucíaConvoca:
Consejería de la Presidencia, Interior, Dialogo social y simplificación Administrativa (Andalucía)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
- Cuantía máxima de la subvención: 30.000 €- Cuantía mínima de la subvención: 10.000 €
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Pymes.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
- Línea 1: Subvenciones a nuevas empresas digitales andaluzas para el desarrollo de soluciones propias (línea Desarrollo).- Línea 2: Subvenciones a pymes andaluzas para la implantación de soluciones digitales desarrolladas por nuevas empresas digitales (línea Implantación).
Se consideran subvencionables en la presente línea los siguientes conceptos de actuación relacionados con el apoyo al desarrollo, mejora o sostenibilidad de soluciones digitales propias del solicitante:
- Desarrollo de mejoras o modificaciones sobre solución digital existente.
- Actividades de obtención, recogida, explotación y/o analítica de datos necesarias para la solución digital.
- Servicios de asesoramiento de carácter financiero, legal, técnico o sobre desarrollo empresarial o
emprendimiento, requeridos para el correcto desarrollo, lanzamiento o escalado de la solución digital.
- Servicios de difusión, marketing y/o relación con el cliente requeridos para la mejora en la comercialización de la solución digital.
Requisitos:
a) Tener la consideración de pyme de acuerdo con los requisitos establecidos en el artículo 2 del anexo Idel Reglamento (UE) número 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014.
b) Desarrollar toda o parte de su actividad económica en Andalucía; para lo que se atenderá a que dispongan de domicilio social o centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de Andalucía. En el caso de que desarrollen su actividad solo a través de medios telemáticos, habrán de demostrar que generan actividad económica en Andalucía, entendiéndose por tal la creación de empleo directo en el territorio.
c) Tener fecha de constitución igual o inferior a siete años a fecha de inicio de plazo de la convocatoria.
d) Tener una solución digital propia (cuyo desarrollo es el objeto de la ayuda) en al menos nivel TRL-D1.
Documentos asociados
Boletín:
20/10/2025
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 201
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 201
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
