Subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a municipios de Andalucía con población entre 50.000 y 100.000 habitantes, para la realización de actuaciones en el marco del Plan PIMA Cambio Climático, y se aprueban las bases reguladoras para su concesión.

Código de ayuda:

S28991/23

Norma:

Orden de 19 de junio de 2023.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 30 de septiembre de 2023.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 200.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Se establecen las bases reguladoras de la convocatoria para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas a municipios con una población superior a 50.000 e inferior a 100.000 habitantes de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el marco del Plan PIMA Cambio Climático.

Estas subvenciones tienen como finalidad la realización de actuaciones de carácter innovador y redacción de proyectos para la adaptación al cambio climático, en desarrollo del PIMA Cambio Climático.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul (Andalucía)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las entidades beneficiarias podrán obtener un máximo de 200.000 euros de subvención y un mínimo de 58.800 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser entidades beneficiarias los municipios de población superior a 50.000 e inferior a 100.000 habitantes de la Comunidad Autónoma de Andalucía, según los datos de población correspondientes al último año publicado por el Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía (IECA).

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán susceptibles de subvención los costes directamente relacionados con la realización, en zonas urbanas y periurbanas, de actuaciones dirigidas a:

a) Atenuar el efecto isla de calor urbana y preparar los edificios públicos para las temperaturas extremas y prevenir el exceso de calor.

b) Aplicar soluciones basadas en la naturaleza orientadas a la prevención de riesgos asociados al cambio climático en espacios urbanos y periurbanos.

c) Integración del cambio climático e infraestructura verde en la planificación y gestión urbanística, a través de: análisis de escenarios de cambio climático utilizando las proyecciones regionalizadas para España, mapas de clima urbano, que analicen la capacidad de absorción y de cesión de calor por parte de los materiales urbanos y mapas de ventilación urbana.

d) Diseño e implantación de Zonas de Bajas Emisiones definidas como ámbito delimitado por una Administración Pública, en ejercicio de sus competencias, dentro de su territorio, de carácter continuo, y en el que se aplican restricciones de acceso, circulación y estacionamiento de vehículos para mejorar la calidad del aire y mitigar las emisiones de gases de efecto invernadero.

Serán subvencionables las actuaciones que se hayan iniciado con posterioridad al 28 de octubre de 2020, y se encuentren sin finalizar a la fecha de publicación del extracto de la convocatoria en BOJA. Las actuaciones subvencionadas deberán realizarse entre el 28 de octubre de 2020 y el 1 de junio de 2024.

Requisitos:

1. Podrá solicitar las subvenciones convocadas en la presente orden, los municipios con una población superior a 50.000 e inferior a 100.000 habitantes, según los datos de población correspondientes al último año publicado por el Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía (IECA).

2. No podrán obtener la condición de beneficiaria las entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias reguladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

3. No podrán obtener la condición de beneficiario quienes no se hallen al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, tanto con la Hacienda del Estado como con la de la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía así como con la Seguridad Social, o tengan pendiente de pago alguna otra deuda con la Comunidad Autónoma de Andalucía o sean deudores por resolución de procedencia de reintegro.

Documentos asociados

Boletín: 23/06/2023
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 119
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento
Boletín: 23/06/2023
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 119
Documento: Convocatoria 2023 (Extracto) Descargar Documento