Subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a fomentar la inserción laboral de las mujeres víctimas de violencia de género.

Código de ayuda:

S45037/19

Norma:

ORDEN de 15 de julio de 2019.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 23 de agosto de 2019.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La finalidad de estas ayudas reguladas en la presente orden es contribuir a que las mujeres víctimas de violencia de género consigan una mayor autonomía a través de su independencia económica con el objetivo fundamental de lograr su plena integración social.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Desarrollo Rural
  • Empleo
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería del Medio Rural (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la subvención que se concederá a las entidades beneficiarias será, por cada mujer contratada a tiempo completo, la equivalente a la necesaria para sufragar durante el período de contratación, hasta un máximo de 12 mensualidades, las retribuciones salariales brutas totales, incluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias y las cuotas a la Seguridad Social a cargo de la entidad empleadora, en la misma cantidad que la fijada para el salario, según convenio colectivo o normativa laboral aplicable vigente en el momento de formular la solicitud y acorde con su categoría profesional.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

1. Podrán ser beneficiarias las cooperativas o entidades asociativas del sector agrario, las empresas (personas físicas o jurídicas) del sector agrario de producción y/o transformación de productos agrarios, así como las empresas inscritas en el Registro Oficial de Productores, Comerciantes e Importadores de Vegetales (Ropciv) que lleven a cabo esta actividad en las condiciones establecidas en esta orden.

2. Asimismo, podrán ser beneficiarias de las ayudas las empresas forestales inscritas en el Registro de Empresas (personas físicas o jurídicas) del Sector Forestal (Resfor), empresas proveedoras de material forestal de reproducción dadas de alta en su registro oficial, las comunidades y mancomunidades de montes vecinales en mano común (CMVMC) y las asociaciones forestales que contraten a víctimas de violencia de género.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Será subvencionable la contratación con carácter temporal de mujeres víctimas de violencia de género inscritas como demandantes de empleo o de mejora de empleo en el Servicio Público de Empleo de Galicia, para el desempeño de un puesto de trabajo situado en la Comunidad Autónoma de Galicia.

2. El contrato deberá formalizarse por un período mínimo de 3 meses y máximo de 12 meses.

3. El contrato podrá ser a tiempo completo o a tiempo parcial. En este último caso, la jornada tendrá que ser, al menos, del 50 % de la jornada ordinaria que se establezca en el convenio colectivo correspondiente.

Documentos asociados

Boletín: 23/07/2019
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 139
Documento: Bases, Convocatoria 2019 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 23/07/2019
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 139
Documento: Convocatoria 2019 (Extracto) Descargar Documento