Subvenciones, en regimen de concurrencia no competitiva, a entidades sin animo de lucro para desarrollar programas destinados a favorecer los procesos de acogida e integracion de la poblacion inmigrante y retornada en la Comunidad Autonoma gallega, convocatoria 2010.

Código de ayuda:

S46146/10

Norma:

Resolución de 16 de julio de 2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 23/08/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El desarrollo de programas que contengan actividades y acciones destinadas a favorecer los procesos de acogida e integración de la población inmigrante y retornada en la Comunidad Autónoma gallega.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Cada entidad beneficiaria podrá recibir una ayuda máxima de hasta un 80% del presupuesto total de gastos.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las entidades sin ánimo de lucro con personalidad jurídica propia, que cumplan en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los gastos corrientes y los gastos de equipamiento, que deberán estar debidamente relacionados en el presupuesto de ingresos y gastos de la entidad que debe acompañar, entre otros, a la solicitud, vinculados
directamente con los programas que desarrollen las entidades solicitantes.
Serán subvencionables los gastos de equipamiento consistentes en la adquisición de los bienes muebles que sean precisos para la realización de los programas presentados por las entidades beneficiarias de esta resolución. En ningún caso serán subvencionables al amparo de esta convocatoria los gastos de adquisición de bienes inmuebles y los gastos derivados de la constitución de hipotecas.

Requisitos:

1. Estar legalmente constituidas y debidamente inscritas en el correspondiente registro administrativo.

2. Tener su domicilio social en Galicia o delegación en la comunidad autónoma.

3. Desarrollar actuaciones que favorezcan la acogida e integración de las personas inmigrantes y retornadas en la Comunidad Autónoma de Galicia.

4. Disponer de experiencia y capacidad para garantizar la realización de las acciones objeto de la subvención.

5. No incurrir en ninguna prohibición para obtener la condición de beneficiario de subvenciones, enumeradas enumeradas en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

Documentos asociados

Boletín: 23/07/2010
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 140
Documento: Bases, Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento