Subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva y en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a la financiación de planes de formación de las entidades locales de Galicia para el año 2019, en el marco del Acuerdo de formación para el empleo de las administraciones públicas.

Código de ayuda:

S13882/19

Norma:

RESOLUCIÓN de 26 de febrero de 2019. RESOLUCIÓN de 18 de septiembre de 2019.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 12 de abril de 2019.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta resolución tiene por objeto aprobar las bases reguladoras y efectuar la convocatoria de las subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva y en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a la financiación de planes de formación para el empleo promovidos por las entidades locales de Galicia en el marco del Afedap.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Formación

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Escuela Gallega de Administración Pública (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La concesión de las subvenciones para los planes de formación objeto de esta resolución se financiará con cargo al crédito disponible en el presupuesto de la Escuela Gallega de Administración Pública por un importe de 415.332 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de la línea en régimen de concurrencia competitiva de las subvenciones convocadas los ayuntamientos, las diputaciones provinciales y demás entidades locales reconocidas en el artículo 2 de la Ley 5/1997, de 22 de julio, reguladora de la Administración local de Galicia, que promuevan planes de formación para el personal empleado público, de carácter unitario o agrupado, dentro del ámbito del Afedap.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las entidades promotoras recogidas en la base quinta de esta resolución podrán solicitar subvenciones para financiar los siguientes tipos de planes:

1. Planes unitarios: se caracterizan por afectar al personal de una sola entidad local con, al menos, 200 efectivos.

2. Planes agrupados: son aquellos que afectan al personal de dos o más entidades locales que agrupen, al menos, 200 efectivos. Podrán ser formulados bien por las propias entidades locales de las cuales dependa el personal o bien por federaciones o asociaciones de entidades locales. En todo caso, cada entidad local solo podrá participar en un único plan agrupado.

3. Planes interadministrativos: son aquellos destinados no solo al personal de la Administración promotora, sino también a los/las empleados/as públicos/as de otras administraciones. Estos planes solo podrán ser elaborados por la Federación Gallega de Municipios y Provincias, según lo establecido en el artículo 6, segundo párrafo del Afedap, de acuerdo con la redacción que se deriva de la corrección de errores publicada en el Boletín Oficial del Estado núm. 8, de 9 de enero de 2014.

Documentos asociados

Boletín: 12/03/2019
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 50
Documento: Bases, Convocatoria 2019 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 12/03/2019
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