Subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva y en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a la financiación de planes de formación de las entidades locales de Galicia para el año 2023, en el marco del Acuerdo de formación para el empleo de las administraciones públicas.

Código de ayuda:

S29091/23

Norma:

RESOLUCIÓN de 15 de junio de 2023.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 24 de julio de 2023.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta resolución tiene por objeto aprobar las bases reguladoras y efectuar la convocatoria de las subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva y en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a la financiación de planes de formación para el empleo promovidos por las entidades locales y federaciones o asociaciones de entidades locales de Galicia para el año 2023 en el marco del AFEDAP.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Empleo
  • Formación

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Escuela Gallega de Administración Pública (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La asignación para las subvenciones objeto de esta convocatoria para el ejercicio 2023 se establece en 754.398,56 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de la línea en régimen de concurrencia competitiva de las subvenciones convocadas, los ayuntamientos, las diputaciones provinciales y demás entidades locales reconocidas en el artículo 2 de la Ley 5/1997, de 22 de julio, reguladora de la Administración local de Galicia, que promuevan planes de formación para el personal empleado público, de carácter unitario o agrupado, dentro del ámbito de la AFEDAP.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Esta resolución, según el principio de economía procedimental, incluye dos líneas de subvenciones, una en régimen de concurrencia competitiva y otra en régimen de concurrencia no competitiva, con la misma causa, esto es, la financiación de planes de formación para el empleo promovidos por las entidades locales y federaciones o asociaciones de entidades locales de Galicia.

Las entidades promotoras recogidas en la base quinta de esta resolución podrán solicitar subvenciones para financiar los siguientes tipos de planes:

1. Planes unitarios: se caracterizan por afectar al personal de una sola entidad local con, por lo menos, 200 efectivos.

2. Planes agrupados: son aquellos que afectan al personal de dos o más entidades locales que agrupen, por lo menos, 200 efectivos. Podrán ser formulados bien por las propias entidades locales de las cuales dependa el personal o bien por federaciones o asociaciones de entidades locales. En todo caso, cada entidad local solo podrá participar en un único plan agrupado.

3. Planes interadministrativos: son aquellos destinados no solo al personal de la Administración promotora, sino también al personal empleado público de otras administraciones. Estos planes solo podrán ser elaborados por las asociaciones o federaciones de entidades locales de la Comunidad Autónoma de Galicia legítimamente constituidas al amparo de lo previsto en el artículo 120 y siguientes de la Ley 5/1997, de 22 de julio, de Administración local de Galicia, tanto individualmente por iniciativa propia como mediante las adhesiones de los ayuntamientos y diputaciones provinciales que lo deseen.

Documentos asociados

Boletín: 23/06/2023
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 119
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento
Boletín: 23/06/2023
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 119
Documento: Convocatoria 2023 (Extracto) Descargar Documento