Subvenciones en regimen de concurrencia competitiva, reguladas en la Orden nº 24/2009 de 11 de mayo de 2009, de la Consejeria de Industria, Innovacion y Empleo, por la que se regulan la formacion de oferta, las acciones de formacion en intercambio de investigacion, Desarrollo e innovacion (I+D+i) y las de Acciones de apoyo y acompañamiento a la formacion y estudios y acciones de sensibilizacion y difusion y se establecen las bases reguladoras del procedimiento de concesion y justificacion de subvenciones destinadas a tal fin, en el ambito de la Comunidad Autonoma de La Rioja - Modificación - Aprobación de gastos y nueva convocatoria.

Código de ayuda:

S47791/09

Norma:

Resolucion de 16 de junio de 2009. Resolucion de 10 noviembre de 2009.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 25/11/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La aprobación de la convocatoria en el ámbito territorial de La Rioja en el año 2009 para la concesión de subvenciones públicas, en régimen de concurrencia competitiva y la ejecución de las mismas, al amparo de la Orden 24/2009, de 11 de mayo (BOR núm. 60, de 15 de mayo) de la Consejería de Industria,
Innovación y Empleo, regula la formación de oferta, las acciones formación en intercambio de investigación, desarrollo e innovación (I+D+i) y las acciones de apoyo y acompañamiento a la formación y estudios y acciones de sensibilización y difusión y establece las bases reguladoras del procedimiento de concesión y justificación de subvenciones destinadas a tal fin, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Categorías Subvención

  • Formación
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

La Rioja

Convoca:

Servicio Riojano de Empleo (La Rioja)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Entidades que acrediten que cuentan con recursos humanos con experiencia en formación de colectivos con necesidades formativas especiales o con dificultades para su inserción o recualificación profesional.

Las empresas, entidades u organizaciones siempre que se encuentren inscritas en la Seguridad Social y que incluyan entre sus fines el desarrollo de actividades tipificadas como acciones financiables o relacionadas con la Formación Profesional para el Empleo. Asimismo, deberán acreditar experiencia durante un periodo de al menos tres años, con la realización de dos trabajos, como mínimo, similares o
relacionados con el propuesto.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Modalidad 1.Programas 1 y 4. Planes de formación intersectorial y sectorial. (Articulo 11 y 14 de la Orden de Bases.

2. Modalidad 1.Programa 2. Planes de formación intersectoriales para economía social. Articulo 12 de la Orden deBases.

3. Modalidad 1.Programa 3 Planes de formación intersectoriales para autónomos. Articulo 12 de la Orden de BasesArticulo 13 de la Orden de Bases

.4. Modalidad 1.Programa 6 Formación dentro de la Modalidad 1.Programa 6. Los beneficiarios para esta convocatoria, serán las empresas individuales o societarias de carácter privado, que tengan la condición de pequeña o mediana empresa y que deseen realizar proyectos y acciones para sus propios trabajadores con centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de La Rioja, y las grandes empresas siempre que dirigirán sus acciones preferentemente a la formación de mayores de 45 años, mujeres, discapacitados y trabajadores de baja cualificación, tal y como establece el Art. 16, apartado 2b, secciones 1ª y 2ª de la orden 24/2009.

5. Modalidad 1.Programa 6. Planes de formación de actualización de competencias profesionales. Los beneficiarios para esta convocatoria, serán otras entidades y empresas públicas o privadas, que reúnan alguno de los requisitos establecidos en el Art. 16, apartado 2b, sección 3ª de la orden 24/2009

6. Modalidad 2. Programa 2. Acciones formativas dirigidas a trabajadores desempleados. (Articulo 19 de la Orden de Bases)

Documentos asociados

Boletín: 15/05/2009
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 60
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 22/06/2009
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 77
Documento: Convocatoria 2009, Bases y Anexos Descargar Documento
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