Subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para proyectos de equipos de aprovechamientode energías renovables eléctricas y de ahorro y eficiencia energética en las empresas de producción agrícola primaria, mediante tramitación anticipada de gasto, para el año 2026, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del Plan estratégico de la PAC 2023-2027 en Galicia.
Código de ayuda:
S01555/26Norma:
RESOLUCIÓN de 16 de diciembre de 2025.Plazo de Solicitud:
Hasta el 20 de febrero de 2026.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Regular la concesión de subvenciones para la instalación de equipos de aprovechamiento de energías renovables eléctricas y de ahorro y eficiencia energética en las empresas de producción agrícola primaria que cumplan con los requisitos y condiciones establecidos en el articulado de esta resolución.Categorías Subvención
Medio Ambiente y Energía
Localización del organismo gestor
GaliciaConvoca:
Agencia Instituto Energético de Galicia (Galicia)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía de la ayuda será del 30 % del coste elegible de la nueva instalación, con un máximo de 100.000 € por proyecto y de 300.000 € por empresa, salvo en el supuesto de instalaciones de autoconsumo colectivo en el que se establece una ayuda máxima de 500.000 € por proyecto y de 500.000 € por empresa. La intensidad de la ayuda se incrementará un 20 % en el caso de ayudas concedidas a pequeñas empresas y un 10 % en el caso de medianas empresas.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Empresas (más de 250 empleados)
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
a) Las empresas legalmente constituidas y los empresarios autónomos, que tengan domicilio social o algún centro de trabajo en Galicia, incluidas en el sector de producción agrícola primaria.b) Las empresas de servicios energéticos que gestionen total o parcialmente instalaciones consumidoras de energía y que el objeto de estos contratos de servicios sea la consecución de ahorro económico derivado de un menor consumo de energía. Los centros de consumo en los que se actúe deben estar situados en Galicia y corresponder a empresas incluidas en el ámbito de actuación de las presentes bases y, en concreto, desarrollar alguna de las actividades recogidas en el apartado anterior.
Documentos asociados
Boletín:
20/01/2026
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 12
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2026 Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 12
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2026 Descargar Documento
Boletín:
20/01/2026
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 12
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2026 (Extracto) Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 12
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2026 (Extracto) Descargar Documento
