Subvenciones en regimen de concurrencia competitiva para proyectos de caracter juvenil y educativo en el tiempo libre infantil y adolescente.- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S09773/13

Norma:

Cornellà de Llobregat, 2 d’abril de 2013.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 18/04/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para proyectos de carácter juvenil y educativo en el tiempo libre infantil y adolescente para el año 2013.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Educación y Ciencia
  • Juventud

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Ayuntamiento de Cornellà de Llobregat (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de las subvenciones otorgadas en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente, o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos supere el coste de la actividad subvencionada.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las entidades juveniles y las entidades educativas en el tiempo libre infantil y adolescente, que realicen sus actividades en la localidad, con sede o delegación en Cornellà de Llobregat, o que aunque no tengan su domicilio en este municipio realicen actividades en defensa, fomento o mejora de los intereses generales o sectoriales de los vecinos de la ciudad de Cornellà de Llobregat, en ambos casos, debidamente inscritas en el Registro Municipal de Entidades del Ayuntamiento de Cornellà de Llobregat, en la fecha que finalice el plazo de presentación de solicitudes y que, además, cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los proyectos de caracter juvenil y educativo en el tiempo libre infantil y adolescente.

Requisitos:

1. Que hayan actualizado los datos en el Registro Municipal mencionado en el presente ejercicio de 2013, en conformidad con lo establecido el artículo 192 del Reglamento Orgánico Municipal (composición Órganos, Junta Directiva, etc., y en especial, presupuesto y programa de actividades).

2. Que hayan justificado las subvenciones anteriormente concedidas, el plazo de justificación de las cuales ya haya finalizado.

3. Las entidades que lo soliciten por primera vez no recibirán subvención durante el ejercicio / curso que la pidan, para propiciar el seguimiento durante un ejercicio / curso por el técnico municipal competente, a efectos de valoración de su programa.

También se entenderá que es la primera vez que piden subvención en aquellos supuestos que no han pedido en los últimos tres años.

No podrán ser beneficiarias de esta convocatoria las personas físicas.

Documentos asociados

Boletín: 02/04/2013
BO Provincia de Barcelona- Nº 02
Documento: Bases y Convocatoria 2013. Descargar Documento
Boletín: 09/04/2013
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6351
Documento: Anuncio. Descargar Documento