Subvenciones, en regimen de concurrencia competitiva, para proyectos artisticos de caracter profesional de formacion, creacion, produccion, exhibicion y difusion en el ambito de la danza.- Convocatoria 2011.- Modificación.

Código de ayuda:

S67582/10

Norma:

CMC/4021/2010, de 9 de diciembre. RESOLUCIÓN CLT/1168/2011, de 2 de mayo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 22/01/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Subvencionar proyectos artísticos profesionales de formación, creación, producción, exhibición y difusión vinculados al ámbito de la danza. Asimismo, se dirige a proyectos interdisciplinarios y/o de nuevas tendencias escénicas que tengan como base la danza y las artes del movimiento.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Formación

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Consejo Nacional de la Cultura y de las Artes (CONCA) (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Los solicitantes que sean empresas personas físicas podrán imputar como gasto subvencionable la manutención, a razón de 45 euros máximo por día de dedicación al proyecto, que ha de responder a los principios de proporcionalidad y de razonabilidad, y no tendrá la consideración de ingresos propios.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

a) Empresas, ya sean personas físicas o jurídicas, que realicen la totalidad o parte de su actividad en el ámbito de la danza y las artes del movimiento, domiciliadas en Cataluña, o bien con domicilio en un estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo y con establecimiento permanente en Cataluña.

b) Entidades privadas sin ánimo de lucro con domicilio en Cataluña que realicen la totalidad o parte de su actividad en el ámbito de la danza y de las artes del movimiento.

c) Agrupaciones sin personalidad jurídica que se reúnen para realizar proyectos conjuntos, siempre que todos sus miembros, que tendrán la consideración de beneficiarios, reúnan las condiciones exigidas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Apoyo a la organización de un programa de actividades de formación para profesionales o de iniciación a la danza para todo tipo de públicos noveles en esta disciplina y de dinamización social, en formato de seminarios, jornadas, talleres, cursos, etc. Son subvenciones para iniciativas que quieren fomentar el diálogo y el intercambio de experiencias entre profesionales y para proyectos pedagógicos que tienen como objetivo la educación del gusto y la comprensión del lenguaje de la danza. Se excluyen las actividades impulsadas por centros o escuelas artísticas. Las actividades han de ser de pago.

b) Apoyo a la creación, producción y presentación pública de uno o más espectáculos. Son subvenciones para proyectos que desarrollen un espectáculo de danza (ensayos, diseño de escenografía, luces, vestuario, etc.). Se podrá solicitar la subvención por un máximo de tres producciones, entendidas como espectáculos nuevos generados dentro del año en curso o bien la revisión y reposición de un espectáculo
siempre que la producción originaria sea anterior 2004. Es necesario que se realice la presentación pública de cada espectáculo durante el año 2011. No se entienden como presentación pública los preestrenos de los espectáculos.

c) Apoyo a la exhibición. Son subvenciones para llevar a cabo giras de espectáculos, de carácter nacional e internacional, de una misma producción o de un repertorio. Es necesario que se realicen como mínimo cinco representaciones durante 2011, entre las que ha de haber como mínimo una de cada espectáculo en gira. No se entienden como presentación pública los preestrenos de los espectáculos.

d) Apoyo a la organización de muestras y festivales. Son subvenciones para la organización de actividades de difusión en forma de festival, muestra o similar.

e) Apoyo a la realización de un proyecto en formato de publicación, web o cualquier otra vinculado a la comunicación que suponga un impulso en la trayectoria del solicitante o del sector. Se excluyen las web de romoción artística con finalidad lucrativa.

Requisitos:

1. Los solicitantes han de presentar una única solicitud para una o varias modalidades con un único proyecto que incluya todas las actividades sea cual sea su naturaleza: formación, creación, producción, exhibición y difusión.2.2 Para optar a dos o más modalidades, los solicitantes deberán acreditar
como mínimo un año de actividad continuada en el ámbito de la danza o de las artes del movimiento.

2. La propiedad intelectual de los trabajos realizados pertenece al autor. El beneficiario cede al Consejo Nacional de la Cultura y de las Artes (en adelante CoNCA), con carácter no exclusivo, los derechos de propiedad intelectual de la obra subvencionada para que pueda hacer uso de la misma en la difusión de las
actividades del CoNCA.

3. En todos los proyectos habrá que respetar los derechos del creador y garantizar sus condiciones profesionales.

4. En los proyectos que se presenten en la submodalidad de residencia, el equipamiento receptor deberá comprometerse a asumir los costes de estructura, recursos técnicos y de promoción correspondientes a las actividades que desarrolle el equipo artístico residente.

5. El solicitante ha de hacer constar en la solicitud si la subvención recibida puede ser objeto de actuaciones a título gratuito o para financiar aportaciones con esta naturaleza en favor de personas jurídicas, por un importe superior a 3.000 euros, o inferior, cuando acumuladamente y respecto a un mismo perceptor superen en el ejercicio corriente esta cuantía. Sólo será posible hacer estas aportaciones a título gratuito cuando así se prevea en el Acuerdo de concesión de manera motivada.
En cualquier caso, tanto si estas actividades se llevan a cabo a favor de personas físicas como jurídicas, el beneficiario deberá garantizar que se respetarán los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación.

Documentos asociados

Boletín: 23/12/2010
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5781
Documento: Bases y Convocatoria 2011. Descargar Documento
Boletín: 16/05/2011
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5879
Documento: Modificación Descargar Documento