Subvenciones, en regimen de concurrencia competitiva, para la traduccion al catalan de obras literarias en otras lenguas.- Convocatoria 2013/2014.

Código de ayuda:

S39873/13

Norma:

RESOLUCIÓN CLT/2214/2013, de 24 de octubre. Resolución CLT/2934/2012, de 21 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 11/11/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Abrir convocatoria para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la traducción al catalán de obras literarias en otras lenguas para los años 2013-2014.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Oficina de Apoyo a la Iniciativa Cultural (Cataluña)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que determinen las bases específicas.

Asimismo, pueden ser solicitantes, si se prevé en las bases específicas, las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado a pesar de no tener personalidad jurídica.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La traduccion al catalan de obras literarias en otras lenguas.

Requisitos:

a) Realizar la actividad subvencionada dentro del año natural de concesión de la subvención o lo que determinen las bases específicas.

b) Realizar la actividad subvencionada en el ámbito territorial de Cataluña o lo que determinen las bases específicas.

c) No encontrarse en ninguna de las circunstancias que prevé el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE núm. 276, de 18.11.2003).

d) Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Generalidad de Cataluña, con el Estado y con la Seguridad Social.

e) Cumplir el requisito que establece el artículo 36.4 de la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística, con respecto a los centros laborales y, en las empresas que tengan establecimientos abiertos al público en Cataluña, cumplir los requisitos que establecen los artículos 32.1 y 32.3 de la Ley mencionada.

f) En caso de que disponga de una plantilla igual o superior a 50 personas trabajadoras, dar ocupación, al menos, a un 2% de trabajadores o trabajadoras con disminución sobre la plantilla total, o bien aplicar las medidas alternativas de acuerdo con lo que disponen el artículo 38 de la Ley 13/1982, de 7 de abril, de integración social de minusválidos (BOE núm. 103, de 30.4.1982); el Real decreto 364/2005, de 8 de abril (BOE núm. 94, de 20.4.2005), y el Decreto 322/2011, de 19 de abril (DOGC núm. 5864, de 21.4.2011).

g) En caso de que disponga de una plantilla igual o superior a 25 personas, disponer de medios para prevenir y detectar casos de acoso sexual y de acoso por razón de sexo, y para intervenir en sus centros de trabajo, de acuerdo con los agentes sociales, y utilizarlos adecuadamente, de conformidad con los artículos 5 y 29 de la Ley 5/2008, de 24 de abril, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista.

h) Cuando para la realización de la actividad objeto de la subvención se utilice cualquier elemento susceptible de generar derechos de autor, cumplir con lo que dispone la normativa sobre propiedad intelectual.

Documentos asociados

Boletín: 07/01/2013
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6287
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 28/10/2013
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6489
Documento: Convocatoria 2013/2014. Descargar Documento