Subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de actividades en el ámbito de la prevención de riesgos laborales conforme a la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales.

Código de ayuda:

S38319/23

Norma:

ORDEN EMT/232/2023, de 25 de octubre. RESOLUCIÓN EMT/3689/2023, de 1 de noviembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta las 15:00 h de 17 de noviembre de 2023.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Abrir la convocatoria para el año 2023 para la concesión de subvenciones destinadas a la financiación de proyectos y actividades de promoción de la mejora de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, de acuerdo con lo que establece la Orden EMT/232/2023, de 25 de octubre, por la cual se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de actividades en el ámbito de la prevención de riesgos laborales conforme a la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales.

Categorías Subvención

  • Prevención Riesgos Laborales
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Empresa y Trabajo (Cataluña)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales

Detalle beneficiarios:

a) Las organizaciones empresariales y sindicales más representativas en Cataluña a las que se refiere el artículo 12 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales.

b) Las organizaciones empresariales y sindicales representativas en Cataluña en su ámbito sectorial correspondiente.

c) Las fundaciones u otras entidades constituidas por las organizaciones empresariales y sindicales mencionadas para la consecución de cualquiera de sus finalidades.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Acciones de información: serán aquellas que persigan la difusión entre las personas trabajadoras y empresariado de los principios de acción preventiva de los riesgos laborales o de las normas concretas de aplicación de estos principios.

b) Acciones de asistencia técnica: serán aquellas que estén dirigidas en el estudio y la resolución de problemas derivados de la aplicación práctica y material de las actuaciones preventivas.

c) Acciones de formación: consistirán en el diseño de los métodos y de los contenidos de programas que puedan ser impartidos en sectores y subsectores de la actividad productiva, especialmente en aquellos cuya estructura esté constituida fundamentalmente por pequeñas empresas.

d) Acciones de promoción del cumplimiento de la normativa sobre prevención de riesgos laborales: serán aquellas que fomenten el conocimiento y la aplicación por parte del empresariado y de las personas trabajadoras de las disposiciones legales, reglamentarias y convencionales vigentes en materia de prevención de riesgos laborales, especialmente a través de mecanismos e instrumentos desarrollados en los ámbitos sectoriales y territoriales de la actividad productiva.

Documentos asociados

Boletín: 27/10/2023
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 9029
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 03/11/2023
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 9033
Documento: Convocatoria 2023 Descargar Documento
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