Subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la puesta en marcha de proyectos aceleradores de empleo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja.- Convocatoria 2019.

Código de ayuda:

S30873/18

Norma:

Orden 14/2016, de 24 de octubre. Resolución de 1 de junio de 2018. Resolución de 10 de octubre de 2019.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 4 de noviembre de 2019.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La resolución pretenden dar cumplimiento a los compromisos del Plan de Empleo de La Rioja 2011-2015 y de su posterior ampliación prevista en el Plan Integral de Formación y Empleo para el período 2016-2020, con la puesta en marcha de acciones y políticas activas de empleo, financiadas directa y transitoriamente desde el sector público. El Gobierno de La Rioja ha decidido la implantación de nuevas acciones y medidas de políticas activas de empleo, entre la que se encuentran los Proyectos Aceleradores de Empleo.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • Formación

Localización del organismo gestor

La Rioja

Convoca:

Consejería de Educación, Formación y Empleo (La Rioja)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de las ayudas contempladas en la presente orden aquellas entidades públicas y privadas con centro de trabajo en La Rioja que tengan personalidad jurídica propia.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se entiende por Proyectos Aceleradores de Empleo aquellos proyectos que permiten incrementar, a través de la intervención de un entrenador o preparador profesional, denominado coordinador de Proyectos Aceleradores de Empleo (coordinador Proyectos Aceleradores de Empleo), las probabilidades de sus participantes para encontrar empleo, mejorando las estrategias de autopostulación de cara a la contratación por terceros, uniéndose a otras personas en situación de desempleo para encontrar un empleo individual o colectivo, o creando pequeñas empresas para el desarrollo del autoempleo.

Requisitos:

a) Gozar de capacidad técnica y de gestión suficientes para la ejecución del correspondiente proyecto.

La capacidad técnica se acreditará mediante la incorporación en la Memoria del Proyecto Acelerador de Empleo que acompaña a la Solicitud, de la relación de los principales servicios o trabajos realizados en materia de empleo, formación, promoción económica, asesoramiento y coaching en los últimos cinco años, que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público, o, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este, o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano gestor por la autoridad competente.

La capacidad de gestión, por su parte, supone la acreditación de la suficiente solvencia económica y financiera de la entidad beneficiaria, que se acreditará junto a la solicitud del proyecto mediante declaraciones apropiadas de entidades financieras o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.

b) Contar con la siguiente infraestructura mínima:

1. Una sala de uso común con capacidad para 25 personas.

2. Un despacho independiente para sesiones individuales.

3. Disponibilidad de un mínimo de diez equipos informáticos con acceso a Internet de banda ancha.

4. Equipos de telecomunicaciones, imagen y sonido, y proyección audiovisual.

Documentos asociados

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