Subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la promoción de la música en Andalucía.

Código de ayuda:

S12464/26

Norma:

Orden de 23 de abril de 2026.

Plazo de Solicitud:

A establecer en la correspondiente convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Estas ayudas tendrán por objeto la financiación de proyectos y actividades definidas en el apartado segundo del presente cuadro resumen, cuya finalidad será la de promocionar el sector de la música en Andalucía a través del apoyo a la creación, producción y estreno de conciertos y espectáculos musicales.

A efecto de estas bases reguladoras se entiende por producción el conjunto de acciones, gestiones y
materiales y gastos tendentes a posibilitar la primera presentación pública de una obra musical en vivo.
Así mismo se entenderá por Artista tanto el artista individual, como el grupo o formación.

Se entenderá por creación cultural de Andalucía aquella cuya autoría es andaluza.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Consejería de Cultura y Deporte (Andalucía)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas y jurídicas privadas legalmente constituidas y las entidades de carácter asociativo legalmente constituidas que se encuentren en la situación profesional que fundamenta la concesión de la subvención o en las que concurran las circunstancias previstas en estas bases reguladoras y en la convocatoria, que dispongan de un establecimiento o de una sucursal en Andalucía en el momento en el que las ayudas se hagan efectivas.

Quedan excluidas las entidades de derecho público.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán subvencionables los siguientes proyectos y actividades culturales.

Proyectos de producción de conciertos y espectáculos de música
En esta línea se requiere la producción de un concierto o espectáculo de música y una representación
que suponga su estreno comercial en sala de exhibición, festival o evento. La producción deberá
cumplir al menos tres de los siguientes requisitos:
- Relación de la propuesta con el patrimonio andaluz.
- Desarrollo de elementos escénicos bajo una dirección profesional.
- Investigación musicológica o recuperación de patrimonio
- Plan de comunicación y distribución para su posterior comercialización
- Proyecto de nueva creación con composición original inédita
- Desarrollo de elementos videográficos

Los proyectos de producción deberán dar comienzo, a efectos exclusivos de gastos contemplados en el
presupuesto, en el año en el que se efectúe la correspondiente convocatoria, debiéndose fijar en la
solicitud la fecha de inicio y de finalización de la actividad del mismo, sin que dicho plazo pueda
ser superior a un año, sin menoscabo de que la idea del proyecto haya surgido de un proceso creativo
anterior.

Quedan expresamente excluidos los espectáculos, en los que el flamenco, como expresión artística en
cualquiera de sus variedades, de cante, toque o baile, constituya el núcleo fundamental del mismo y/o
tengan prevista una distribución exclusiva en circuitos habituales de flamenco.

Se entiende que el flamenco constituye el núcleo fundamental del espectáculo cuando dicha disciplina
constituye la idea o argumento del mismo, y en sus expresiones de cante, toque o baile es
indispensable para el desarrollo de la obra o espectáculo, independientemente del argumento de la
misma, en su caso.

Asimismo quedan excluidos en la modalidad de planes de producción los proyectos de formación, animación sociocultural e investigación y aquellas producciones que tengan por objeto una única interpretación exclusiva sin distribución posterior.

Línea 1. Ayudas para la producción fonográfica y audiovisual en el ámbito de la música.
Línea 2. Apoyo a la producción de conciertos y espectáculos de música dirigidos a público adulto, familiar o infantil y juvenil.
Línea 3. Ayudas para la distribución de la música.
Línea 4. Ayudas para la realización de proyectos y actividades profesionales relacionadas con difusión o exhibición en el ámbito la música .

Requisitos:

Desarrollar su actividad en el ámbito de la creación, interpretación, producción, organización, gestión, distribución, promoción, exhibición de conciertos y espectáculos en general en vivo.
Constituye un requisito indispensable para poder obtener la condición de beneficiaria, en el caso de personas juridicas, que dentro del objeto social de la entidad solicitante esté incluida la organización de actividades en el ámbito anteriormente descrito.
En el caso de personas fisicas, constituye un requisito indispensable para poder obtener la condición de beneficiarias, que éstas se dediquen profesionalmente a la organización de actividades en el ámbito anteriormente descrito.

Documentos asociados

Boletín: 30/04/2026
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 82
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 30/04/2026
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 82
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