Subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la promoción de la música.

Código de ayuda:

S23982/19

Norma:

RESOLUCIÓN CLT/44/2017, de 3 de enero. RESOLUCIÓN CLT/960/2019, de 9 de abril. RESOLUCIÓN CLT/34/2020, de 14 de enero. RESOLUCIÓN CLT/944/2020, de 1 de mayo. RESOLUCIÓN CLT/586/2021, de 2 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 25 de marzo de 2021.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Abrir convocatoria para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la
promoción de la música.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Cultura (Cataluña)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Pueden optar a estas subvenciones las empresas privadas, ya sean personas físicas o jurídicas, incluidas las sociedades civiles y las entidades privadas sin ánimo de lucro.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Apoyo a la formación Apoyo a la organización de actividades de formación dirigidas a profesionales del sector y de perfeccionamiento en forma de seminarios, jornadas, talleres y cursos.

Quedan excluidas las actividades organizadas por centros docentes, y las destinadas al público escolar y a la dinamización del público general.

Las actividades de formación deben ser de pago.

b) Apoyo a la producción Apoyo para la producción de un espectáculo musical de nueva creación, de elevado interés cultural. Debe tratarse de la presentación de una producción singular de gran formato o que integre una puesta en escena. El espectáculo debe estrenarse en el período subvencionable.

Se excluyen las representaciones posteriores del espectáculo, así como las giras, las producciones destinadas a la edición de grabaciones fonográficas o videográficas, los musicales y las producciones protagonizadas íntegramente por músicos no profesionales.

c) Apoyo a proyectos globales

Apoyo a proyectos de promoción de la música que incluyan actividades relacionadas con los siguientes ámbitos: investigación, formación, publicaciones, producción y exhibición.

Para optar a esta modalidad los solicitantes deben presentar un programa de actividades que se desarrolle de forma regular y estable durante el periodo subvencionable, y que contenga, como mínimo, dos de los ámbitos descritos en el párrafo anterior.

Requisitos:

a) Los solicitantes deben acreditar un mínimo de un año de trayectoria en el ámbito de la música para poder
optar a las modalidades a) (apoyo a la formación) o b) (apoyo a la producción) de la base 1.2.

b) Los solicitantes deben acreditar un mínimo de dos años de trayectoria en el ámbito de la música para poder optar a la modalidad c) (apoyo a proyectos globales) de la base 1.2.

c) La actividad se llevará a cabo en el ámbito territorial de Cataluña.

d) Las actividades se llevarán a cabo entre el 1 de noviembre del año anterior al de la concesión de la subvención y el 31 de octubre del año de concesión de la subvención.

Documentos asociados

Boletín: 24/01/2017
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7293
Documento: Bases específicas Descargar Documento
Boletín: 17/04/2019
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7856
Documento: Convocatoria 2019 Descargar Documento
Boletín: 17/01/2020
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8044
Documento: Modificación Bases Específicas Descargar Documento
Boletín: 19/05/2020
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8136
Documento: Convocatoria 2020 Descargar Documento
Boletín: 10/03/2021
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8361
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